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Subvenciones para asociaciones deportivas del municipio para la impartición de cursos del ámbito deportivo en euskera, año 2025.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 858522

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 1.800 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

PRIMERO. Objeto, condiciones y finalidad de la subvención Es objeto de las presentes bases el impulso del euskera en el ámbito deportivo, y para ello, se regulan las siguientes subvenciones para asociaciones deportivas de Ordizia con el fin de fomentar la presencia del euskera en su formación deportiva. SEGUNDO. Créditos y partida presupuestaria a los que se imputa la subvención La cantidad fijada en el presupuesto del Ayuntamiento de 2025 para las subvenciones objeto de estas bases es de 1.800€ y se destinará desde la partida 1 481.01.335.00.0141 2025. En el caso de que la solicitud fuera superior a la cantidad consignada en dicha partida, el Ayuntamiento podrá aprobar nuevas cantidades para el mismo fin, siempre que haya disponibilidad presupuestaria. TERCERO. Procedimiento de concesión de la subvención Las subvenciones se concederán por concurrencia competitiva. Se procederá según lo establecido en la Sección 1ª del Título II de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ordizia. CUARTO. Requisitos que deben reunir las personas beneficiarias para la obtención de la subvención y forma de acreditarlos Los requisitos generales a cumplir por los beneficiarios son los siguientes: -Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social, Hacienda y el ayuntamiento de Ordizia. -No encontrarse en cualquiera de los supuestos señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. -No estar incurso en sanción administrativa o penal por incurrir en discriminación por violencia de género (durante el período impuesto en la correspondiente sanción). Los requisitos específicos a cumplir por los beneficiarios son los siguientes: -Tener suscrito con el ayuntamiento de Ordizia el convenio de impulso del uso del euskera en el ámbito deportivo de Ordizia. -El curso debe ser impartido en euskera. QUINTO. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por el departamento de Euskera del ayuntamiento de Ordizia. El órgano competente para la reordenación y resolución del procedimiento de concesión es la Alcaldía, sin perjuicio de las delegaciones que pueda efectuar. SEXTO.- Plazo de presentación de solicitudes Se podrán presentar las solicitudes a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, hasta el 5 de diciembre de 2025. Las solicitudes se presentarán telemáticamente a través del apartado de subvenciones del portal www.ordizia.eus. Asimismo, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Ordinario de las Administraciones Públicas. SÉPTIMO.- Plazo de resolución y notificación El plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva es de tres meses a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. OCTAVO. Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición -Impreso de solicitud, debidamente cumplimentado. -Justificante del curso impartido, en el que se detallen el contenido del curso subvencionable, las horas de formación, y el número de participantes. - Factura o recibo que acredite el gasto del curso de formación. NOVENO. Recursos Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente. DÉCIMO.- Medio de notificación o publicación Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Organismo convocante

ORDIZIA — AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA

Ámbito

Gipuzkoa

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación24 de septiembre de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total1.800 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

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