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Resolución por la que se convoca para el año 2025 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de especialidades formativas de FPE del Catálogo de Especialidades Formativas del SNE para Autonomos Telefo

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 858617

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 2,0 M€. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta subvención se concede en concurrencia competitiva: hay que presentar la solicitud dentro del plazo y las propuestas se comparan entre sí, por lo que cumplir los requisitos no asegura obtenerla. El objetivo es financiar la realización de especialidades formativas del Catálogo de Especialidades Formativas del SNE dirigidas a autónomos. La ayuda es una entrega dineraria sin exigencia de devolución y está destinada a personas jurídicas que no desarrollen actividad económica. El presupuesto total disponible para 2025 asciende a dos millones de euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (Identif.): XXXXX De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Primero. Convocatoria. Se convoca, para el año 2025, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la siguiente subvención en el ámbito de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en la cuantía total máxima y con cargo a los créditos presupuestarios que se indican a continuación: ACTIVIDADES FORMATIVAS SUBVENCIONABLES PARTIDA PRESUPUESTARIA Código de Financiación ANUALIDAD 2025 (euros) ANUALIDAD 2026 (euros) Oferta formativa de formación en el trabajo para personas trabajadoras autónomas, en modalidad de teleformación. 1400180000G/32D/47008/00 S0534 630.000,00 € 270.000,00 € 140180000G/32D/48008/00 S0534 70.000,00 € 30.000,00 € Segundo. Entidades Beneficiarias. 1. Podrán participar en la presente convocatoria y resultar beneficiarias de esta subvención, las entidades de formación privadas de las recogidas en el apartado 4.a).1º del cuadro resumen de la Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas (cuadro resumen de las bases reguladoras, en adelante) incluidas las entidades sin ánimo de lucro. 2. No podrán participar en esta convocatoria las entidades de formación públicas, entendiendo por estas las entidades integrantes del sector público, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Este extremo se podrá comprobar mediante la información obrante en el Inventario de entidades del sector público estatal, autonómico y local aprobado mediante el Real Decreto 749/2019, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, y el Inventario de Entes Dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 3. Para resultar beneficiarias deben reunir los requisitos establecidos en el apartado 4.a).2º del cuadro resumen de las bases reguladoras y estos deben estar vigentes a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud. 4. En ningún caso podrán obtener la condición de entidad beneficiaria, aquellas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 4.c) del cuadro resumen de las bases reguladoras. Tercero. Objeto. 1. Será objeto de subvención pública, en régimen de concurrencia competitiva, la financiación de especialidades formativas de Formación Profesional para el Empleo no vinculadas a certificados profesionales y contenidas en el Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo dirigidas a personas trabajadoras autónomas en modalidad de teleformación. 2. La oferta formativa de esta convocatoria incluye acciones formativas de formación en el trabajo dirigidas a personas trabajadoras autónomas, en modalidad de teleformación, incluyendo especialidades no vinculadas a certificados profesionales, contenidas en el Catálogo de Especialidades Formativas de la Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, por la que se regula el Catálogo de Especialidades Formativas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral y que se detallan en el Anexo IV. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas, publicada con fecha 8 de noviembre de 2023 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 214, así como por aquellas otras normas que aparecen indicadas en el apartado 3 de su cuadro resumen, y el resto de disposiciones de general y particular aplicación Con fecha 16 de enero de 2024, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 11, corrección de errores de la Orden de 3 de noviembre de 2023. Quinto. Financiación y régimen de compatibilidad. 1. Los créditos presupuestarios destinados a financiar las subvenciones establecidas en la presente convocatoria se detallan en el resuelve primero. 2. La financiación de las subvenciones concedidas al amparo de la presente convocatoria provienen en su totalidad de fondos de la Administración General del Estado. 3. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de las resoluciones de concesión. 4. Los créditos máximos destinados a financiar las subvenciones establecidas en esta convocatoria ascienden a 1.000.000 euros, a repartir en las anualidades 2025 y 2026. 5. De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.5 del texto articulado de la Orden de 20 de diciembre 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y conforme a lo previsto en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, en el supuesto de eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, el órgano competente para resolver podrá dictar resoluciones complementarias de concesión de subvenciones que incluyan solicitudes de…

Organismo convocante

ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO

Ámbito

ANDALUCIA

Categoría

Empleo

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación24 de septiembre de 2025
Fecha inicio de solicitudes1 de octubre de 2025
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadFomento del Empleo
Sector económico78 - Actividades relacionadas con el empleo
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total2,0 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 3 de noviembre de 2023, bb.rr. de concesión de subv. públicas, en rég.conc.comp., en materia de Form. Prof. para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas

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