BASES QUE REGULAN LA CONVOCATORIA DE BECAS DE ALOJAMIENTO Y/O TRANSPORTE PARA JÓVENES UNIVERSITARIOS. CURSO 2025-2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Ciudad Real. Presupuesto: 24.220 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente convocatoria tiene por objeto desarrollar el procedimiento general para la concesión, en régimen de concurrencia de 14 BECAS DE ALOJAMIENTO y 14 BECAS DE TRANSPORTE para jóvenes empadronados/as en Alcázar de San Juan que por razones de estudios universitarios de grado tienen que desplazarse y/o residir fuera de nuestra localidad durante el curso universitario 2025/2026. 2. RÉGIMEN JURÍDICO El régimen jurídico aplicable a la presente convocatoria vendrá determinado por lo que se dispone en las presentes bases, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; por las restantes normas de Derecho Administrativo, y en su defecto, por las normas de Derecho privado. 3. PERSONAS BENEFICIARIAS DE LAS AYUDAS Para ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en las presentes bases son de obligado cumplimiento los siguientes requisitos, debiendo mantenerse todos ellos hasta la finalización del procedimiento: a) Ser español o extranjero empadronado en Alcázar de San Juan y EATIM de Cinco Casas, la persona estudiante y al menos, uno de sus progenitores con una antigüedad mínima de dos años. Los extranjeros residentes en Alcázar de San Juan podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000 sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y los presentes requisitos establecidos en esta norma. b) Todos los miembros de la unidad familiar estarán al corriente de pago: de los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). c) Las personas solicitantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y deberán cumplir con las solicitudes y documentos requeridos en las presentes bases en los plazos establecidos en la convocatoria. d) Tener cumplidos 18 años de edad a 31 de diciembre de 2025. e) Estar matriculada con un mínimo de 50 créditos en cualquier curso universitario, en alguna de las Facultades de la Universidad de Castilla-La Mancha y / o en cualquier curso universitario que no se oferte en las Facultades de la Universidad de Castilla- La Mancha. f) El resultado del cómputo económico, deberá ser inferior a las siguientes cuantías: Nº MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR INGRESOS Familias de 1 miembro 16.576,00 € Familias de 2 miembros 23.206,00 € Familias de 3 miembros 31.494,00 € Familias de 4 miembros 38.125,00 € Familias de 5 miembros 43.098,00 € Familias de 6 miembros 46.413,00 € Familias a partir de 7 miembros 48.070,00 € g) No ser beneficiario/a de la beca del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en concepto de residencia para el curso 2025/2026 (sí se admitirán las personas beneficiarias de ayuda de matrícula). h) No percibir alguna otra ayuda universitaria de alojamiento. i) Los/as estudiantes con alojamiento en residencias públicas y/o privadas, recibirán ayudas correspondientes a la parte proporcional del coste del servicio de alojamiento, excluido el coste de manutención. j) No podrán solicitar ayuda en esta convocatoria estudiantes de Máster. 4. DEDUCCIONES DE LA RENTA FAMILIAR a) Familia numerosa: Categoría general: 525 €; Categoría especial: 800€ b) Discapacidad: La deducción será en relación al grado de discapacidad reconocida a las personas o de algún miembro de la unidad familiar, siendo sumatoria: b.1. Igual o superior 75%......... 3.800€ b.2. Igual o superior 65%....... 2.800€ b.3. Igual o superior 33%......... 1.800€ c) Edad: Menor de 25 años Por cada hermano/a estudiante universitario con residencia fuera del domicilio familiar 1.200 €. 5. PRESUPUESTO DE LA CONVOCATORIA E IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria 23101/48003, Becas Alojamiento y Transporte Jóvenes Universitarios, del presupuesto del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan. El importe destinado a esta convocatoria es de 24.220,00 €, imputándose 7.140,00 € al presupuesto de 2025 y 17.080,00 € al presupuesto de 2026. La concesión de estas subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento en el cual se dicte la resolución de la concesión. 6. CARACTERISTICAS ESPECÍFICAS DE LAS BECAS Y CUANTÍAS CORRESPONDIENTES. Se ofertan 14 Becas de alojamiento, con una cuantía mensual de 170 € y con una duración de nueve meses, comprendidos de octubre de 2025 a junio de 2026, destinadas al pago convenido en el contrato de arrendamiento suscrito para el alojamiento del estudiante. El importe total de cada Beca asciende a una cuantía total de 1.530 €. Se ofertan 14 Becas de transporte con una cuantía total de 200 € a recibir en un único pago y destinadas al coste del transporte durante el curso 2025/2026. Solo se becará la opción de transporte público. En ningún caso el importe máximo de la ayuda podrá ser superior al coste del objeto subvencionado. 7. PAGO DE LA SUBVENCIÓN. Las subvenciones a conceder tienen la condición de justificación previa o postpagable, y serán pagadas una vez haya sido justificado el gasto realizado objeto de la subvención, con las facturas y demás documentos que justifican la aplicación de los fondos a la finalidad para la que ha sido otorgada, mediante ingreso en la cuenta bancaria facilitada en la ficha de terceros, cuyo titular tendrá que ser el solicitante de la subvención. El primer pago de la ayuda de alojamiento se realizará a partir del mes de marzo de 2026 previa justificación de los gastos correspondientes a los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2025 y enero y febrero de 2026. EL segundo pago de la ayuda de alojamiento se realizará a partir del mes de julio de 2026 previa justificación de los gastos correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2026. La ayuda de transporte se realizará en un único pago, en el mes de…
Organismo convocante
ALCÁZAR DE SAN JUAN — AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN
Ámbito
Ciudad Real
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 15 de octubre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 24.220 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES EJECUCION PRESUPUESTO