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Convocatòria anticipada de subvencions a ajuntaments o organismes autònoms i emd per a la creació de públics per a la cultura 2026

Denominación oficial: CONVOCATÒRIA ANTICIPADA DE SUBVENCIONS A AJUNTAMENTS O ORGANISMES AUTÒNOMS I EMD PER A LA CREACIÓ DE PÚBLICS PER A LA CULTURA 2026.

Plazo de solicitud 30 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 109 días
Código BDNS 864724

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Girona. Presupuesto: 600.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva, por lo que tienes que presentar la solicitud antes del 30 de diciembre de 2026 y tu proyecto será comparado con los de los demás; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El objetivo es financiar la creación de servicios públicos de cultura en ayuntamientos, entes dependientes y entidades municipales descentralizadas de la provincia de Girona. El fondo total disponible es de 600 000 euros y se otorga como subvención en efectivo sin necesidad de devolución.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Extracto de la convocatoria anticipada de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a ayuntamientos o entes dependientes y entidades municipales descentralizadas para la creación de públicos para la cultura, anualidad 2026. Primero. Descripción de la convocatoria Resolución de 21 de octubre de 2025, de la Junta de Gobierno, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a ayuntamientos o entes dependientes y entidades municipales descentralizadas para la creación de públicos para la cultura, anualidad 2026. Segundo. Beneficiarios Pueden concurrir a la convocatoria de las subvenciones objeto de estas bases los siguientes destinatarios, en cualquiera de las líneas: Ayuntamientos o entes dependientes y entidades municipales descentralizadas de las comarcas gerundenses. Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las personas solicitantes tienen que cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero. Objeto Subvenciones para la financiación de proyectos y actividades dirigidos a la creación, captación y/o incremento del público cultural de las comarcas de Girona. Cuarto. Bases reguladoras Bases reguladoras de subvenciones a ayuntamientos o entes dependientes y entidades municipales descentralizadas para la creación de públicos para la cultura, aprobadas por el Pleno de la Diputació en la sesión del 15 de julio de 2025, publicadas inicialmente en el BOPG número 147, de 4 de agosto de 2025. Quinto. Cuantía El importe estimado destinado a la convocatoria es de 400.000,00 €. Las aplicaciones presupuestarias a las que se aplica el crédito, los importes y la distribución de anualidades son los siguientes: Anualidad Aplicación presupuestaria Importe (€) 2026 300/33400/4620400 - Ayudas a ayuntamientos creación de públicos para la cultura 400.000,00 € Total 400.000,00 € También se vinculan a esta convocatoria las aplicaciones 300/33400/4680000 y 300/33400/4628000, con una estimación de gasto que inicialmente es cero. La distribución de estos importes tiene carácter estimativo, y podrá redistribuirse entre las aplicaciones presupuestarias anteriores en el mismo acto de concesión de las subvenciones. Con el fin de atender el máximo de solicitudes de subvención o de otorgar un mayor importe en las subvenciones, este crédito podrá ser ampliado con una cuantía adicional de 400.000,00 €, derivada de créditos sobrantes de otras convocatorias, modificaciones de crédito, etc. La efectividad de la cuantía adicional estará condicionada a la correspondiente declaración de disponibilidad de crédito, previamente a la resolución de las subvenciones y a la aprobación del aumento de la convocatoria. Si la cuantía adicional se incorpora con posterioridad a la reunión de la Comisión Calificadora, se propondrá conceder entre los solicitantes que no se hubiesen podido atender por falta presupuestaria y, en todo caso, siguiendo el orden y según la puntuación obtenida por la Comisión Calificadora. En caso necesario, en el acuerdo de la resolución podrán redistribuirse estas dotaciones en función de las solicitudes recibidas, previa modificación presupuestaria, si procede. Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes El plazo de presentación es desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPG hasta el día 19 de enero de 2026 a las 14.30 h. Será necesario formular las solicitudes mediante el modelo normalizado disponible en la web de la Diputació de Girona, acompañado de la documentación prevista en el artículo 7 de las bases reguladoras. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y firmadas digitalmente por la persona interesada o por la que represente legalmente a la entidad, deberán presentarse por la plataforma de subvenciones de la Diputació de Girona en el plazo que se establezca en la convocatoria. Se podrán utilizar los sistemas de firma electrónica aceptados por la Diputació de Girona que se especifican en la Sede electrónica. En caso de que el día de finalización del plazo para la presentación de solicitudes coincida con un sábado o un día festivo, dicho plazo finalizará el siguiente día hábil. Séptimo. Régimen de recursos La resolución de la convocatoria pone fin a la vía administrativa. Contra esta resolución procede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Girona, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la notificación. Alternativamente, y de forma potestativa, puede interponerse un recurso de reposición ante la Junta de Gobierno de la Diputació de Girona, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la notificación.

Organismo convocante

DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA

Ámbito

Girona

Categoría

Cultura

Destinatarios

Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación27 de octubre de 2025
Fecha inicio de solicitudes15 de septiembre de 2025
Fecha fin de solicitudes30 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económico91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total600.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Bases específiques reguladores de subvencions a ajuntaments o ens que en depenen i entitats municipals descentralitzades per a la creació de públics per a la cultura

Bases reguladoras ↗