Convocatòria anticipada de subvencions per a la programació estable professional dels equipaments E3 2026
Denominación oficial: CONVOCATÒRIA ANTICIPADA DE SUBVENCIONS PER A LA PROGRAMACIÓ ESTABLE PROFESSIONAL DELS EQUIPAMENTS E3 2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Girona. Presupuesto: 57.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 31/12/2026 y tu proyecto será comparado con los demás, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El objetivo es financiar la programación estable profesional de equipamientos escénicos y musicales multifuncionales en las comarcas de Girona. Sólo pueden solicitarla los ayuntamientos que gestionen un único local de este tipo en su municipio, con un fondo total de 57 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto de la convocatoria anticipada de subvenciones para la financiación de la programación estable profesional de los equipamientos escénicos y musicales multifuncionales de las comarcas de Girona, anualidad 2026 Descripción de la convocatoria Resolución de 21 de octubre de 2025, de la Junta de Gobierno, por la que se aprueba la convocatoria anticipada de subvenciones para la financiación de la programación estable profesional de los equipamientos escénicos y musicales multifuncionales de las comarcas de Girona, anualidad 2026. Beneficiarios Pueden concurrir a la convocatoria de las subvenciones los ayuntamientos titulares de equipamientos escénicos y musicales locales multifuncionales de la demarcación de Girona. En caso de disponer de más de un equipamiento escénico y musical local multifuncional en un mismo municipio, cada municipio solo podrá solicitar para un único equipamiento. Quedan excluidos las equipamientos escénicos y musicales locales multifuncionales que tengan otra línea de subvenciones específica de la Diputació de Girona. Para obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, los solicitantes tienen que cumplir los requisitos y las condiciones generales que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Objeto Subvenciones para la financiación de la programación estable profesional de los equipamientos escénicos y musicales multifuncionales de las comarcas de Girona, anualidad 2026. Bases reguladoras Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de la programación estable profesional de las equipamientos escénicos y musicales multifuncionales de las comarcas de Girona, aprobadas por el Pleno de la Diputació en la sesión de 15 de octubre de 2024, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (BOPG) 206, de 24 de octubre de 2024. Cuantía El importe total destinado a la convocatoria es de 57.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 300/33400/4620500 del presupuesto de la Diputació de Girona del ejercicio 2026. La concesión de las subvenciones está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución. La distribución de estos importes tiene carácter estimativo, y se podrá redistribuir entre las aplicaciones presupuestarias anteriores en el mismo acto de concesión de subvenciones. Con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención o de otorgar un mayor importe en las subvenciones, este crédito podrá ser ampliado con una cantidad adicional de como máximo 15.000,00 €, derivada de un suplemento de la aplicación presupuestaria. La efectividad de la cuantía adicional estará condicionada a la correspondiente declaración de disponibilidad de crédito previamente a la resolución de las subvenciones y a la aprobación del aumento de la convocatoria. Plazo de presentación de las solicitudes El plazo de presentación de solicitudes es a partir del siguiente día al de la publicación de la convocatoria en el BOPG hasta el 30 de enero de 2026. Las solicitudes se tendrán que formular mediante el modelo normalizado disponible en el web de la Diputació de Girona, acompañado de la documentación prevista en el artículo 7 de las bases reguladoras. Las solicitudes, debidamente firmadas digitalmente para la persona interesada o para la que represente legalmente la entidad, deberán presentarse por la plataforma de subvenciones de la Diputació de Girona en el plazo que establezca la convocatoria. Se pueden utilizar los sistemas de firma electrónica aceptados por la Diputació de Girona que se especifiquen en su sede electrónica. En caso de que el día de finalización del plazo para presentar la justificación coincida en sábado o festivo, dicho plazo finalizará el siguiente día hábil. Régimen de recursos La resolución de la convocatoria pone fin a la vía administrativa. Contra esta resolución cabe recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Girona, en el plazo de dos meses, a contar del siguiente día al de su notificación. Alternativamente, y de forma potestativa, cabe recurso de reposición ante la Junta de Gobierno de la Diputació de Girona, en el plazo de un mes a contar del siguiente día al de su notificación.
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA
Ámbito
Girona
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 3 de noviembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 15 de octubre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 57.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
DIVERSES BASES DEL SERVEI DE COOPERACIÓ CULTURAL - 2025.