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5 de noviembre 2026,por la que se convocan para el año 2026, las ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autó

Denominación oficial: Resolución de 5 de noviembre 2026,por la que se convocan para el año 2026, las ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autó

Plazo de solicitud 29 de noviembre de 2025
Estado Finalizada
Código BDNS 866979

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 310.714 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS: BDNS (Identif): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA. Primero. Convocatoria. Se convoca para el ejercicio 2026, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican: Línea: Subvenciones asociaciones de criadores de razas autóctonas españolas de Andalucía. Cuantía Máxima: trescientos diez mil setecientos catorce con veintiocho euros (310.714,28 euros) PARTIDA ANUALIDAD IMPORTE (euros) 1200180000 G/71B/78206/00 S0600 2007003022 2026 155.357,14 1200010000 G/71B/78206/00 01 2020000055 2027 155.357,14 Segundo. Personas beneficiarias. Las organizaciones o asociaciones de ganaderos, que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 2 del Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la subvenciones destinadas al fomento de la razas autóctonas españolas. Tercero. Objeto. Fomentar las razas autóctonas españolas de Andalucía, especialmente aquellas que se encuentran amenazadas (anteriormente en peligro de extinción). Cuarto. Bases reguladoras. Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre. Quinto. Importe máximo por beneficiario. La dotación de la línea de subvención destinada al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía se hace en el apartado primero del presente extracto. El importe máximo de la subvención individual, por raza y anualidad, será el previsto en el artículo 7 del Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Séptimo. Otros datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/11021 Sevilla, de 2025.-El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, P.D.F. (disposición adicional tercera de la Orden 21.11.2022), la Viceconsejera , Consolación Vera Sánchez.

Organismo convocante

ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Ámbito

ANDALUCIA

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación5 de noviembre de 2025
Fecha inicio de solicitudes20 de noviembre de 2025
Fecha fin de solicitudes29 de noviembre de 2025

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económico01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total310.714 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas espaÑolas enla Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de

Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)

  • ART. 27 AYUDAS DESTINADAS AL SECTOR GANADERO Y AYUDAS POR GANADO MUERTO

Reglamento UE aplicable

OTROS DISTINTOS DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)