Aprueban las bases y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con una población igual o superior a 50.000 habitantes, para la realizac
Denominación oficial: Orden por la que se aprueban las bases y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con una población igual o superior a 50.000 habitantes, para la realizac
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 774.003 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (Identificación): YYYYY De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio, en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la sede electrónica general de la Junta de Andalucía https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25809.html y en el presente BOJA. Primero. Convocatoria. 1. Se convoca la concesión de subvenciones a municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía con una población igual o superior a 50.000 habitantes, en régimen de concurrencia no competitiva, destinada a la realización de proyectos piloto orientados a la sensibilización y capacitación de personas y comunidades vulnerables antes los episodios de olas de calor, en el marco del PIMA Eventos adversos. 2. Las ayudas están financiadas con ingresos procedentes de subastas de derechos de emisión, a través de transferencia del Estado recibida, tras la Conferencia Sectorial del Ministerio para la Transiciónsexto Ecológica y el Reto Demográfico celebrada por videoconferencia el 24 de julio de 2024, donde se establecieron sus condiciones y respectivas dotaciones presupuestarias. 3. La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a setecientos setenta y cuatro mil tres euros con diecinueve céntimos, estando su concesión limitada por las disposiciones presupuestarias existentes en el ejercicio. El coste de las acciones previstas será imputado a la siguiente partida presupuestaria: PARTIDA PRESUPUESTARIA IMPORTE ANUALIDAD 2026 IMPORTE TOTAL 2000180000 G/44F/76002/00 S0669 2025000824 774.003,19 € 774.003,19 € Segundo. Beneficiarios. Podrán ser entidades beneficiarias los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía con una población igual o superior a 50.000 habitantes, según los datos de población correspondientes al último año publicado por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA). Tercero. Objeto. 1. Serán susceptibles de subvención los costes directamente relacionados con la realización de proyectos piloto orientados a la sensibilización y capacitación de personas y comunidades vulnerables antes los episodios de olas de calor que se apoyen en su desarrollo en instrumentos que incluyan: a) Sensibilizar a la población sobre los efectos adversos de las olas de calor: 1.º Desarrollo de campañas de información pública a nivel local, centradas en la sensibilización y comunicación de riesgos asociados a las olas de calor, utilizando diversos medios de difusión como radio, televisión, prensa y plataformas digitales, mediante la emisión de mensajes clave o entrevistas especializadas. 2.º Dinámicas participativas y comunitarias, como representaciones creativas a través de teatro y dramatizaciones sobre los riesgos de las olas de calor, o ferias de salud climática para informar a la población sobre los efectos del calor y cómo prevenirlos. 3.º Elaboración de recursos divulgativos, como infografías, vídeos, folletos y materiales informativos, para concienciar sobre los efectos del calor. 4.º Actividades de sensibilización sobre la relevancia de los sistemas de alerta frente a los riesgos de calor extremo y la garantía de acceso a la información clave, con especial atención a las comunidades más vulnerables. b) Capacitación de comunidades para enfrentar las olas de calor mediante estrategias de respuesta efectivas, abarcando la prevención, la autoprotección en situaciones de riesgo inminente y la recuperación posterior: 1.º Talleres educativos orientados a la prevención, protección y recuperación frente a las olas de calor, priorizando las intervenciones en sectores de alto riesgo como: centros educativos, residencias de mayores, unidades de atención sanitaria, centros de día para personas mayores, trabajadores expuestos al aire libre, etc. 2.º Talleres interactivos y/o de primeros auxilios específicos para calor extremo. 3.º Simulacros comunitarios donde los miembros de la comunidad simulan un evento de ola de calor y ponen en práctica las medidas de protección. 4.º Capacitación para la elaboración de planes locales de actuación frente a olas de calor y altas temperaturas. Estas actuaciones estarán dirigidas a gobiernos locales, instituciones de salud, organizaciones comunitarias, empresas, servicios sociales y otros actores clave involucrados en la protección de la población frente a las altas temperaturas. 2. Serán subvencionables las actuaciones que se hayan iniciado con posterioridad a la fecha de notificación del reparto de créditos a las Comunidades Autónomas, siendo esta de fecha 2 de octubre de 2024, y finalicen antes del 1 de octubre de 2028. 3. No se financiarán las tipologías de actuaciones que no sean compatibles con los objetivos previstos en el PIMA Eventos Adversos. 4. Cada municipio sólo podrá presentar una solicitud de acuerdo con el artículo 3 de la Orden de bases de la convocatoria. 5. Las solicitudes de subvención se presentarán en formato electrónico, en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, ajustándose al modelo normalizado establecido en el Anexo II de la citada Orden de XX de XXXXXX de 2025, disponible en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, código de procedimiento 25809, a través del siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25809.html Cuarto. Cuantía. 1. La subvención cubrirá el 100¿% de los costes subvencionables de las actuaciones, con un máximo de 60.000 € por entidad beneficiaria y un mínimo de 15.000 €. 2. La percepción de estas subvenciones, será compatible con otras fuentes de cofinanciación, subvenciones o ayudas procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o de…
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 14 de noviembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 28 de noviembre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 11 de abril de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 774.003 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- ampliacion plazo solicitud ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Extracto de la Orden por la que se aprueban las bases y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con una población igual o superior ↗
Bases reguladoras
Orden de 21 de noviembre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con población>=50.000 Hb PIMA