Subvenciones a Asociaciones Juveniles y a Federaciones y Confederaciones de estudiantes universitarios 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 26.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios. Los beneficiarios de las presentes subvenciones serán asociaciones juveniles y federaciones y confederaciones de estudiantes y de egresados de ámbito nacional cuya implantación y campo de actuación sea el sistema universitario y por tanto, el ámbito territorial de más de una comunidad autónoma, que tengan como finalidad participar en la vida universitaria, respetando las normas democráticas explicitadas en la Constitución, en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria. No podrán presentar solicitud aquellas entidades que no hayan justificado o reintegrado, en su caso, el importe percibido en cualquier convocatoria anterior de estas ayudas. Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos y obligaciones previstos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. No podrán resultar beneficiarias dos asociaciones, para la misma actividad y que tengan entre sí relación federada o jurídica. No se admitirá más de una solicitud por entidad. En caso de que se reciba más de una solicitud de la misma entidad, será admitida a trámite solamente la última de ellas enviada dentro de plazo. Segundo. Objeto. El objeto de este procedimiento de concesión, que se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, es financiar los gastos de carácter corriente derivados de la organización de actividades dirigidas a fomentar la participación estudiantil en las universidades, el desarrollo del asociacionismo relacionado directamente con la educación universitaria, el intercambio entre organizaciones estudiantiles de carácter universitario dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, así como, de actividades de carácter científico, solidario y formativo en el ámbito universitario o de promoción y desarrollo de los proyectos Campus de Excelencia Internacional, llevadas a cabo por Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes y de egresados en el ámbito universitario. Tercero. Bases reguladoras. Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, publicadas en el Boletín Oficial del Estado número 113, de 12 de mayo de 2005. Cuarto. Cuantía. Importe total a subvencionar: 26.000,00 €. Cuantía máxima de la subvención por solicitud: hasta un máximo de 2.000,00€. Número máximo de actividades subvencionables por solicitud: 2. Cuantía máxima de la subvención por actividad: hasta un máximo de 1.000 €. Las actividades evaluadas con una puntuación inferior a 5 no podrán ser financiadas. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOE. La solicitud deberá ser firmada por el representante legal de la asociación, confederación o federación. Las solicitudes se formalizarán en el modelo de solicitud disponible en la web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Sexto. Otros datos. La solicitud deberá presentarse acompañada de la relación y la memoria de explicativa de las actividades objeto de la subvención, desarrolladas o a desarrollar durante el curso 2025-26. Los gastos derivados de dichas actividades deberán realizarse entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de junio de 2026. Además, los estatutos debidamente legalizados de la entidad y el documento acreditativo de su inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, entre otra documentación. Las cantidades concedidas en virtud de la resolución de la convocatoria se realizarán en concepto de pago anticipado y serán objeto de reintegro junto a la exigencia del interés de demora correspondiente por parte de los beneficiarios si se incumpliese la normativa establecida en la Ley General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la mencionada Ley.
Organismo convocante
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES — SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 3 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 26.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.