AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA PROTECCION ANIMAL-ENTIDADES LOCALES 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 1,0 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en BDNS http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index Primero Beneficiarios Las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid Segundo Objeto La potenciación del gasto corriente y de la inversión en protección animal, con el fin de que se apliquen las medidas contempladas en la Ley 4/2016 sobre Protección de los Animales de Compañía en la Comunidad de Madrid. Tercero Bases reguladoras Orden 59/2023, de 12 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas ayudas destinadas a fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid. Cuarto Cuantía de las ayudas Estas ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva. La cuantía final de la ayuda quedará condicionada a las disponibilidades presupuestarias existentes y al posible prorrateo que corresponda en función del artículo 10 de la Orden 59/2023, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de determinadas ayudas destinadas a fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid. La cuantía de la subvención será de hasta un 70 por 100 del total del gasto corriente y de la inversión aprobada del centro de acogida. El impuesto sobre el valor añadido (IVA) no será subvencionable, salvo cuando no sea recuperable. Quinto Financiación Estas ayudas se convocan con cargo a los subconceptos 46309 y 76309 del programa 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026 por el siguiente importe: 1. Las ayudas con cargo a la posición presupuestaria 76309, serán dotadas con crédito de 550.000 euros. 2. Las ayudas con cargo a la posición presupuestaria 46309, serán dotadas con crédito de 450.000 euros. La realización del gasto queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de adquisición del compromiso del gasto, ya que se trata de una tramitación anticipada para el año 2026. Sexto Plazo de presentación de solicitudes Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Organismo convocante
COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
Ámbito
COMUNIDAD DE MADRID
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 4 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 16 de diciembre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 8 de enero de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | 01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Otros documentos Orden 4663/2025 ↗
- Modelo de Solicitud ↗
- EXTRACTO de la Orden 4663/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan para el año 2026 las ayudas destinadas a entidades locales, para fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid reguladas por la Orden 59/2023, de 12 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. ↗
Bases reguladoras
ORDEN 59/2023, DE 12 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE DETERMINADAS AYUDAS DESTINADAS A FOMENTAR LA PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA EN LA COMUNIDAD DE MADRID.