ACUERDO de 26 de noviembre de 2025, del Consell, por el que se conceden indemnizaciones de la generalitat por daños físicos o psíquicos a la víctima de actos de terrorismo
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 130.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda ya está adjudicada, no es una convocatoria abierta. Consiste en una indemnización económica para personas físicas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como víctima de actos de terrorismo. La subvención se entrega sin necesidad de devolver nada y está dirigida a quienes no desarrollan actividad económica, en la Comunidad Valenciana. El importe total disponible es de 130 000 euros y la información está publicada solo por obligación de transparencia. No hay plazo para presentar solicitud.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
COMUNITAT VALENCIANA — SECRETARÍA AUTONÓMICA DE JUSTICIA Y AUTOGOBIERNO
Ámbito
COMUNIDAD VALENCIANA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 4 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Justicia |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 130.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
Ley 1/2004, de 24 de mayo, de la Generalitat, de Ayuda a las Víctimas del Terrorismo