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3 de diciembre de 2025 del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se da publicidad al crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas sociales dirigidas a mujeres víctimas de violencia de género con especiales di

Denominación oficial: Resolución de 3 de diciembre de 2025 del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se da publicidad al crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas sociales dirigidas a mujeres víctimas de violencia de género con especiales di

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 873204

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 162.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede sin competir, es decir, cualquier entidad que cumpla los requisitos puede solicitarla y la recibirá mientras haya fondos. Está dirigida a mujeres víctimas de violencia de género que vivan en Castilla‑La Mancha, que no convivan con el agresor, que no tengan formación ni empleo y cuyos ingresos mensuales no superen el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional. Consiste en una subvención en efectivo sin obligación de devolución.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarias Podrán ser beneficiarias de estas ayudas sociales, las mujeres que reúnan los siguientes requisitos a la fecha de presentación de la solicitud: -Ser víctima de violencia de género. -Tener residencia efectiva en algún municipio de Castilla-La Mancha. -No convivir con el agresor. -Carecer de preparación general o especializada. -Tener especiales dificultades para obtener un empleo. -Carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias Segundo. Objeto La presente resolución tiene por objeto publicar el crédito presupuestario disponible en el año 2026 para financiar las ayudas socia les. Tercero. Bases reguladoras Orden de 22-12-2008, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas sociales dirigidas a mujeres víctimas de violencia de género con especiales dificultades para obtener un empleo (DOCM nº 268, de 30 de diciembre de 2008). Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones La cuantía total máxima destinada es de 162.000,00 euros, que se imputará a la partida presupuestaria 70.01.323B.48126, Fondo 0000000010, fondo finalista procedente del Ministerio de Igualdad. La concesión de las ayudas previstas en esta resolución queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto para el año 2026. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes estará abierto durante todo el ejercicio presupuestario 2026. Las solicitudes de las ayudas se dirigirán a la persona titular del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha y podrán presentarse por cualquiera de los siguientes medios: a) Preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). b) Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Organismo convocante

CASTILLA-LA MANCHA — INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA

Ámbito

CASTILLA LA MANCHA

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación5 de diciembre de 2025
Fecha inicio de solicitudes1 de enero de 2026
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total162.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 22/12/2008, Consejería de Presidencia, por la que se aprueban las BR de ayudas sociales dirigidas a vvg