Abierta · quedan 113 díasAutonómicaServ. sociales

Resolución 10/12/2025: ayudas de Emergencia Social 2026

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 113 días
Código BDNS 874760

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 10,5 M€. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda es una subvención en efectivo sin devolución, destinada a personas que no tienen actividad económica y viven en Castilla‑La Mancha. No compites con otros; basta con cumplir los requisitos y solicitarla mientras haya fondos. Se trata de un apoyo del Servicio Social de la Comunidad, con un importe total de varios millones de euros. La solicitud se puede presentar hasta el 31 de diciembre de 2026.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Organismo convocante

CASTILLA-LA MANCHA — VICECONSEJERÍA DE SERVICIOS Y PRESTACIONES SOCIALES

Ámbito

CASTILLA LA MANCHA

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación12 de diciembre de 2025
Fecha inicio de solicitudes2 de enero de 2026
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total10,5 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 1 de junio de 2012, de bases reguladoras, modificada por Orden de 23 de diciembre de 2015 y por Orden de 30 de junio de

Bases reguladoras ↗