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9 de diciembre de 2025 del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que convocan y se da publicidad a los créditos que han de financiar las ayudas a hijas e hijos en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de géner

Denominación oficial: Resolución de 9 de diciembre de 2025 del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que convocan y se da publicidad a los créditos que han de financiar las ayudas a hijas e hijos en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de géner

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 874926

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 375.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda consiste en una subvención en efectivo que no tienes que devolver. Se concede sin competir, así que cualquiera que cumpla los requisitos y la solicite la recibe, siempre que haya fondos disponibles, y está dirigida a la comunidad de Castilla-La Mancha, y sirve para apoyar a hijas e hijos que hayan quedado huérfanos por el homicidio de su madre a causa de violencia de género, así como a familiares dependientes de la víctima.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Personas beneficiarias Podrán ser personas beneficiarias de la ayuda las hijas e hijos en situación de orfandad, en caso de homicidio o asesinato de sus madres como consecuencia de la violencia de género, las hijas e hijos en situación de orfandad. Podrá solicitar la concesión o la renovación de la ayuda económica la hija e hijo, si es mayor de edad, o la persona que ejerza la representación legal, en el caso de menores de edad, salvo que fuese el progenitor causante de la muerte, o quien ostente la guarda de hecho de las hijas y/o hijos. Podrán ser personas beneficiarias de la ayuda a familiares en situación de dependencia de la mujer víctima mortal como consecuencia de la violencia de género, los familiares en situación de dependencia. Podrá solicitar la ayuda económica la persona interesada, o quien ostente la representación legal o la guarda de hecho del familiar en situación de dependencia. Segundo. Objeto La presente resolución tiene por objeto convocar y publicar el crédito presupuestario disponible, para las siguientes modalidades de ayudas: a) Ayuda económica directa a hijas e hijos en situación de orfandad en caso de homicidio o asesinato de sus madres como consecuencia de la violencia de género. b) Ayuda económica directa consistente en un pago único a familiares en situación de dependencia, que conviviesen en el mismo domicilio que la mujer víctima de homicidio o asesinato como consecuencia de la violencia de género. Tercero. Bases reguladoras Orden 117/2024, de 16 de julio, de la Consejería de Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a hijas e hijos en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de género y a familiares en situación de dependencia de la mujer víctima mortal como consecuencia de la violencia de género. (DOCM nº 137, de 17 de julio de 2024) Cuarto. Financiación La cantidad máxima destinada para esta convocatoria es de 375.000,00 euros con la siguiente distribución por modalidades: a) Ayuda económica directa a hijas e hijos en situación de orfandad en caso de homicidio o asesinato de sus madres como consecuencia de la violencia de género. El crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico destinado a financiar estas ayudas asciende a 360.000,00 euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 7001G.323B.48126, Fondo 0000000007, fondo finalista procedente del Ministerio de Igualdad, en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, de acuerdo con la siguiente distribución por anualidades: 330.000,00 euros para el ejercicio 2026 y 30.000,00 euros para el ejercicio 2027. b) Ayuda económica directa consistente en un pago único a familiares en situación de dependencia, que conviviesen en el mismo domicilio que la mujer víctima de homicidio o asesinato como consecuencia de la violencia de género. El crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico destinado a financiar la concesión de ayudas a familiares en situación de dependencia, asciende a 15.000,00 euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 7001G.323B.48126, de acuerdo con la siguiente distribución de anualidades: 13.750,00 euros para el ejercicio 2026 y 1.250,00 euros para el ejercicio 2027. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes estará abierto durante todo el ejercicio presupuestario 2026, si bien la concesión de las ayudas estará sujeta, en todo caso, a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida correspondiente. Las solicitudes se dirigirán al Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha y podrán presentarse por cualquiera de los siguientes medios: a) Preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. b) Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Organismo convocante

CASTILLA-LA MANCHA — INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA

Ámbito

CASTILLA LA MANCHA

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación15 de diciembre de 2025
Fecha inicio de solicitudes1 de enero de 2026
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total375.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 117/2024, de 16 de julio, de la Consejería de Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión dir