04 de diciembre de 2025 del IMUJ de CLM, por la que se convocan subvenciones para el acceso a pisos tutelados destinados a mujeres víctimas de violencia de género, mediante la modalidad de subvención en especie, en 2026
Denominación oficial: Resolución de 04 de diciembre de 2025 del IMUJ de CLM, por la que se convocan subvenciones para el acceso a pisos tutelados destinados a mujeres víctimas de violencia de género, mediante la modalidad de subvención en especie, en 2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 25.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: si cumples los requisitos y la solicitas, la recibirás mientras haya fondos. Está dirigida a mujeres víctimas de violencia de género que ya hayan terminado su proyecto en una casa de acogida de Castilla‑La Mancha, no convivan con el agresor, estén empadronadas en la región y cuenten con un informe social favorable que justifique la necesidad de un piso tutelado. La subvención cubre el acceso a un piso tutelado y se otorga sin necesidad de devolver el dinero.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarias Tendrán la consideración de beneficiarias, a los efectos de la presente resolución, las mujeres víctimas de violencia de género que cumplan los siguientes requisitos: a) Ser víctima de violencia de género y usuaria de una casa de acogida de Castilla-La Mancha, y haber cumplido y finalizado su proyecto individualizado de intervención. b) No convivir con el agresor. c) Estar empadronada en Castilla-La Mancha. d) Tener un informe social favorable elaborado por el recurso de acogida, que incluirá la oportuna propuesta y motivación sobre la n ecesidad del acceso al piso tutelado en función de su situación socio-laboral. e) No estar incursas en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. f) No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. ni ser receptora de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que, habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha durante el plazo de dos años desde el cese. g) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social. Segundo. Objeto La presente resolución tiene por objeto convocar subvención en especie, mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, para el acceso a pisos tutelados destinados a víctimas de violencia de género, con la finalidad de que la mujer víctima de la violencia género, y las/os menores a su cargo, puedan rehacer su vida de forma independiente y alejados del círculo de la violencia, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha. Tercero. Bases reguladoras Orden de 13 de junio de 2014, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se establecen las bases regula doras para el acceso a pisos tutelados destinados a mujeres víctimas de violencia de género, mediante la modalidad de subvención en especie (DOCM de 9 de julio de 2014) Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones es de 25.000,00 euros, de acuerdo con la siguiente distribución por anualidad: 10.500,00 euros para el ejercicio presupuestario 2026 y 14.500,00 euros para el ejercicio presupuestario 2027, que se imputará a la partida presupuestaria 70.01.323B.48090 (línea 1118, elemento PEP OOAA/0000001955) de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. La concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2026 y 2027. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026 o el agotamiento del crédito si es anterior. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido, resolviéndose la inadmisión de las mismas, lo que será notificado a las personas solicitantes. Las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de las formas siguientes: a) En los registros de los órganos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. b) Mediante el envío telemático con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.
Organismo convocante
CASTILLA-LA MANCHA — INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA
Ámbito
CASTILLA LA MANCHA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 15 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 25.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 13 de junio de 2014, de Consejería de Presidencia y AAPP, bases reguladoras para el acceso a pisos tutelados