No disponibleLocalOtras ayudas

CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA FACILITAR LA CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR 2026

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 877180

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Presupuesto: 5.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento del Valle de Egüés ha aprobado, en sesión de 18 de diciembre de 2025, la convocatoria de subvenciones para facilitar la Conciliación Laboral y Familiar 2026, destinadas a familias empadronadas y residentes en el Valle de Egüés con menores a su cargo, que nacieron de 2014 en adelante, o menores con una discapacidad igual o superior al 33%, y que utilicen recursos de conciliación durante los periodos no lectivos del año 2026.El ritmo de vida que tenemos actualmente con jornadas laborales que no se ajustan siempre a nuestras necesidades de conciliación y donde, además, en la mayoría de los casos las personas cuidadoras trabajan fuera del hogar, supone que en muchas ocasiones la conciliación de la vida personal, familiar y laboral sea complicada de llevar a cabo. En concreto, los cuidados que requieren las criaturas con la llegada de los periodos no lectivos de carnavales, Semana Santa, verano y Navidad suponen un esfuerzo extra que muchas veces es difícil de afrontar.En este contexto, el Ayuntamiento del Valle de Egüés aprueba un año más la convocatoria de una subvención destinada a las familias con menores a su cargo, que nacieron de 2014 en adelante, o menores con una discapacidad igual o superior al 33%1. Objeto y Finalidad1.1. Objeto:La presente convocatoria tiene por objeto:Regular el procedimiento jurídico para la concesión de las subvenciones que se conceden por el Ayuntamiento del Valle de Egüés, en régimen de concurrencia competitiva, a aquellas familias empadronadas y residentes en el Valle de Egüés con menores a su cargo, que nacieron de 2014 en adelante, o menores con una discapacidad igual o superior al 33%, y que utilicen recursos de conciliación durante los periodos no lectivos del año 2026.1.2. Finalidad:BASES REGULADORASApoyar económicamente a las unidades familiares con necesidad de conciliar la vida familiar con la laboral y que acrediten que su situación económica se encuentra dentro de los parámetros recogidos en la convocatoria a tal efecto.Los periodos sujetos a obtención de ayuda serán los siguientes: Navidad, del 22 de diciembre de 2025 al 5 de enero de 2026. Carnaval, del 16 al 20 de febrero Semana Santa, del 7 al 10 de abril Verano, del 22 de junio al 10 de septiembreLa aplicación presupuestaria correspondiente a esta convocatoria es la partida 1-23910-48000 “Ayudas conciliación laboral” de los presupuestos del 2026 dotada con 5.000€, la cual podrá ampliarse según disponibilidad presupuestaria.Las solicitudes presentadas en cada periodo se resolverán tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes del último periodo subvencionable.2. Acciones subvencionablesInscripción en servicios de conciliación, guarderías, escuelas infantiles, casas amigas, campamentos y actividades de ocio y tiempo libre, siempre y cuando su duración diaria supere las 3 horas diarias.Se incluye también, dentro de las acciones subvencionables, el pago de la seguridad social de una persona cuidadora.3. Personas beneficiariasUnidades familiares con menores a su cargo que nacieron de 2014 en adelante y/o menores con una discapacidad igual o superior al 33%, empadronadas en el Valle de Egüés, en las que las madres, padres o tutoras/es legales se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:- Empleo activo- Excedencia forzosa por cargo público o sindical- Situación de gran invalidez o incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.- Tener reconocida una dependencia de grado 1, 2 o 3.- Excedencia por cuidado de familiares- Alta en el convenio especial de cuidadoras/es no profesionales.- Estar afectada/o por cáncer u otra enfermedad grave incluida en el listado del RD1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.y hagan uso de recursos de conciliación: servicios de conciliación, guarderías privadas, casas amigas, campamentos y actividades de ocio y tiempo libre durante los periodos no lectivos.A efectos de la presente convocatoria se entenderá por unidad familiar:- La integrada por la persona solicitante, en su caso con su cónyuge o persona con quien mantenga análoga relación de afectividad y los hijos e hijas menores, comunes o no, convivientes.4. Importe de las ayudas4.1. La ayuda consistirá en el pago (ya sea en uno solo de los periodos sujetos a obtención de ayuda o en varios de ellos) de hasta un máximo de 150€ para unidades familiares con un/a menor, 300€ para unidades familiares con dos menores y de 450€ para unidades familiares con tres menores o más.Para el cálculo del importe de las ayudas, cada menor con una discapacidad reconocida igual o superior al 33% computará como dos menores.4.2. El porcentaje máximo a conceder será del 90% del gasto justificado por familia para contribuir económicamente a los gastos en recursos de conciliación siempre y cuando se pueda cubrir con la partida destinada a tal efecto. La cuantía concedida dependerá del uso de recursos de conciliación que justifique en su solicitud.4.3. Las ayudas concedidas por el Ayuntamiento serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administración, entidad o persona.No obstante, la suma de tales ayudas no podrá superar el límite a que se refiere el apartado anterior. En caso de que dicho límite sea superado, el Ayuntamiento revisará la ayuda concedida hasta ajustarla al máximosubvencionable.5. Ingresos máximos de la unidad familiar beneficiaria de la ayudaSe tendrá en cuenta para la concesión de la ayuda el número de menores en la unidad familiar.- Unidades familiares con un/a menor: hasta 6 veces el IPREM anual- Unidades familiares con dos menores: hasta 7 veces el IPREM anual- Unidades familiares con tres menores: hasta 8 veces el IPREM anual- Unidades familiares con cuatro menores o más: hasta 9 veces el IPREM anualPara…

Organismo convocante

VALLE DE EGÜÉS/EGUESIBAR — AYUNTAMIENTO DE VALLE DE EGÜÉS/EGUESIBAR

Ámbito

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación22 de diciembre de 2025
Fecha inicio de solicitudes9 de enero de 2026
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económico93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 84 - Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total5.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA FACILITAR LA CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR 2026

Bases reguladoras ↗