22 de diciembre de 2025, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia por la que se convocan las subvenciones destinadas a la promoción de senderos homologados en municipios en riesgo de despoblamiento de la C.V
Denominación oficial: Resolución de 22 de diciembre de 2025, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia por la que se convocan las subvenciones destinadas a la promoción de senderos homologados en municipios en riesgo de despoblamiento de la C.V.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 400.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (Identif): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio Primero. Beneficiarios. Los municipios en riesgo de despoblamiento en el ámbito de la Comunitat Valenciana, conforme al artículo 15 de la Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana. Segundo. Finalidad. Convocar para el ejercicio 2026, subvenciones destinadas a la promoción de senderos homologados en los municipios en riesgo de despoblamiento, en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Tercero. Bases reguladoras. DECRETO 13/2025, de 30 de octubre, del President de la Generalitat, por el cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción de los senderos homologados en los municipios en riesgo de despoblamiento de la Comunitat Valenciana que cumplan los requisitos del artículo 15 de la Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana. https://dogv.gva.es/datos/2025/11/06/pdf/2025_45311_es.pdf Cuarto. Importe El importe máximo estimado para el ejercicio 2026 para financiar estas actuaciones asciende a 400.000,00 euros (cuatrocientos mil euros), con cargo al capítulo VII, línea de subvención S1728, aplicación G01050403 y subprograma 125.B00 “Lucha contra el despoblamiento y cohesión territorial”, estando condicionada su concesión a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Generalitat. La cuantía máxima de la subvención, correspondiente al ejercicio 2026, para cada entidad que resulte beneficiaria, se establece en setenta mil euros (70.000,00 €), IVA incluido. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Las solicitudes para la obtención de estas subvenciones se presentarán de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat accediendo al siguiente enlace: https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=g106016
Organismo convocante
COMUNITAT VALENCIANA — SECRETARÍA AUTONÓMICA DE PRESIDENCIA
Ámbito
COMUNIDAD VALENCIANA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 29 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 31 de diciembre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de enero de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | 84.1 - Administración pública y de la política económica, social y medioambiental |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 400.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
DECRETO 13/2025, de 30 de octubre, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la promoción de senderos homologados en los municipios en riesgo de despoblamiento en la C.V.