No disponibleLocalOtras ayudas

Subvenciones a deportistas individuales residentes en el municipio de Bornos

Denominación oficial: Convocatoria de subvenciones a deportistas individuales residentes en el municipio de Bornos.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 878957

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Cádiz. Presupuesto: 1.500 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Resolución de Alcaldía 1269/2025, de 30 de diciembre, del Ayuntamiento de Bornos, referente a la convocatoria de subvenciones a deportistas individuales residentes en el municipio de Bornos. AYUNTAMIENTO DE BORNOS ANUNCIO A continuación de este anuncio se insertan las bases que rigen la expresada convocatoria. Solicitantes: Deportistas individuales residentes en el municipio de Bornos. Solicitudes: En el plazo de 15 días hábiles siguientes al de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Bornos, 29 de diciembre de 2025 El Alcalde, P. D. Adrián Hidalgo Álvarez Decreto 1328/2023, de 19 de julio CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A DEPORTISTAS INDIVIDUALES RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE BORNOS 1. Bases Reguladoras Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento para el ejercicio 2025, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento, y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado. Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza para la concesión de subvenciones, publicada en BOP número 24 de 1-02-2005. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, a través de la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria, adjudicando, con el límite fijado en el punto siguiente, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios. 2. Carácter condicionado de las subvenciones La concesión de las presentes subvenciones tiene carácter condicionado (condición suspensiva) a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario 2026, en el que se ejecutará el gasto que supone el pago de las mismas. 3. Créditos Presupuestarios y cuantía total máxima de carácter estimado Las ayudas concedidas se abonarán, de acuerdo con la normativa presupuestaria, en el ejercicio 2026, en el cual se adquirirá el compromiso de gasto. Por ello, se han habilitado la aplicación presupuestaria e importe que se indica más abajo, de acuerdo con la estimación de créditos para el año 2026: Ejercicio Aplicación presupuestaria Importe 2026 341.480.02 1.500 Esta cuantía total máxima tiene carácter estimado, puesto que está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolución de la concesión, que, como se ha señalado, tendrá lugar en un ejercicio presupuestario distinto al vigente en el momento de la aprobación de la convocatoria. En todo caso, la ejecución del gasto se realizará en la misma anualidad en que se produzca la concesión. Si el crédito presupuestario que resulte aprobado en el Presupuesto de 2026 fuera superior a la cuantía inicialmente estimada, el órgano gestor podrá decidir su aplicación o no a la convocatoria, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria. Si no se aprueba finalmente dicho crédito, se anulará el procedimiento, publicando tal acuerdo. En caso de que el crédito aprobado finalmente fuera inferior, deberá ajustarse a la baja la propuesta de resolución a los créditos existentes. La convocatoria podrá aprobarse en un ejercicio presupuestario anterior a aquél en el que vaya a tener lugar la resolución de la misma, siempre que la ejecución del gasto se realice en la misma anualidad en que se produce la concesión y se cumpla alguna de las siguientes circunstancias: a) Exista normalmente crédito adecuado y suficiente para la cobertura presupuestaria del gasto de que se trate en los Presupuestos Generales del Estado. b) Exista crédito adecuado y suficiente en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado que haya sido sometido a la aprobación de las Cortes Generales correspondiente al ejercicio siguiente, en el cual se adquirirá el compromiso de gasto como consecuencia de la aprobación de la resolución de concesión. 4. Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de la Subvención La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar proyectos y actividades ejecutados por deportistas individuales residentes en el municipio de Bornos, para la promoción del deporte y así como de actuaciones que propicien la actividad deportiva en la población, así como colaborar en los gastos de funcionamiento de dichos deportista. La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. 5. Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de Acreditarlos Requisitos para solicitar la subvención: a) Estar en posesión de licencia expedida u homologada por la federación deportiva correspondiente, y que realicen la actividad objeto de subvención dentro del año 2025. b) Acreditar que están inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes de Bornos. c) Estar al corriente en el pago de deudas tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento. d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. e) No estar incursa en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la…

Organismo convocante

BORNOS — AYUNTAMIENTO DE BORNOS

Ámbito

Cádiz

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación30 de diciembre de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económico93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 84 - Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total1.500 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BORNOS (CÁDIZ)

Bases reguladoras ↗