La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia de la Generalitat, por la que se convocan, para el ejercicio 2026, ayudas destinadas a municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana con población que no exceda de 5
Denominación oficial: Resolución de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia de la Generalitat, por la que se convocan, para el ejercicio 2026, ayudas destinadas a municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana con población que no exceda de 5
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 5,0 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto de la Resolución de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia de la Generalitat, por la que se convocan, para el ejercicio 2026, ayudas destinadas a municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana con población que no exceda de 50.000 habitantes, para financiar actuaciones que faciliten la mejora de la accesibilidad de las casas consistoriales y otros edificios municipales, mediante la eliminación de barreras arquitectónicas. . BDNS (Identif): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Primero: Beneficiarios: Los municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana con población que no exceda de 50.000 habitantes. Segundo: Finalidad. Convocar para el ejercicio 2026 las subvenciones destinadas a financiar los gastos de actuaciones dirigidas a la eliminación de barreras arquitectónicas necesarias para la accesibilidad de las casas consistoriales y edificios públicos destinados a tercera edad, a personas con discapacidad o diversidad funcional y a otros usos públicos que sean de propiedad municipal o cedidos por otras administraciones públicas y cuya ejecución sea con cargo al capítulo VI del presupuesto municipal. Las obras objeto de subvención deberán adecuarse a la normativa vigente en materia de accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas. Serán subvencionables los proyectos o actuaciones que no hayan concluido materialmente o no se hayan ejecutado íntegramente antes de que la entidad beneficiaria presente la solicitud de subvención. Tercero: Bases reguladoras. Decreto 7/2018, de 12 de abril, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana con población que no exceda de 50.000 habitantes para financiar actuaciones que faciliten la mejora de la accesibilidad de las casas consistoriales y otros edificios municipales, mediante la eliminación de barreras arquitectónicas por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones http://www.dogv.gva.es/datos/2018/04/17/pdf/2018_3731.pdf Cuarto. Importe La cuantía del importe global máximo destinado a financiar esta convocatoria asciende a 5.000.000 € (Cinco millones euros) con cargo al capítulo VII, línea de subvención S0175 del programa G01050403125A00, Administración Local y Organización Territorial del Consell, del presupuesto de la Generalitat para 2026. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento de este plazo determinará la inadmisión de la solicitud. València, de diciembre de 2025 El director general de Administración Local José Antonio Redorat Fresquet
Organismo convocante
COMUNITAT VALENCIANA — SECRETARÍA AUTONÓMICA DE PRESIDENCIA
Ámbito
COMUNIDAD VALENCIANA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 5 de enero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 12 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 11 de febrero de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Infraestructuras |
| Sector económico | ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 5,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
Decreto 7/2018, de 12 de abril, del president de la Generalitat, se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana con población que no exceda de 50.000 habitantes