ORDE do 29 de decembro de 2025 pola que se establecen as bases reguladoras das axudas para o fomento da contratación dos seguros agrarios na Comunidade Autónoma de Galicia e se convocan para o ano 2026 (Código de procedemento MR443A)
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: GALICIA. Presupuesto: 9,5 M€. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir, es decir, quien cumpla los requisitos y la solicite la recibe directamente, siempre que haya fondos disponibles. Es una subvención en efectivo para incentivar que agricultores, pymes y personas físicas con actividad agrícola en Galicia contraten seguros agrarios. No exige devolución del dinero. La convocatoria está abierta hasta el 31 de diciembre de 2026 y el total disponible es de 9,5 millones de euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
EXTRACTO de la Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la contratación de los seguros agrarios en la Comunidad Autónoma de Galicia y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento MR443A). De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/xxxx). Primero. Personas beneficiarias 1. La Consellería del Medio Rural concederá estas ayudas en forma directa a los agricultores y podrán ser beneficiarios de ellas los asegurados titulares de explotaciones agrarias situadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, siempre que suscriban pólizas de seguros de líneas agrícolas del Plan 2026 y líneas ganaderas de los planes 2025 y 2026, formalizadas en el 2026, incluyendo las regularizaciones de estas líneas de planes anteriores, siempre que cumplan lo establecido en el Decreto 332/1995 y en esta orden, según se desprende del artículo 20.1 del Real decreto 425/2016, así como del Plan de seguros agrarios propuesto por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de la disposición adicional primera de esta orden. También podrán ser beneficiarios de las ayudas otorgadas en esta orden los titulares de explotaciones de acuicultura continental. 2. Las subvenciones a las que hace referencia esta orden no serán de aplicación en las pólizas de seguros contratadas por grandes empresas y empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, de conformidad con lo establecido en las vigentes directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal. Segundo. Objeto El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la contratación de los seguros agrarios incluidos en el Plan de seguros agrarios combinados para el ejercicio 2026 y convocarlas para el mismo año, al amparo de lo previsto en el Decreto 332/1995, de 27 de diciembre, por el que se establecen en la Comunidad Autónoma de Galicia ayudas para el fomento de la contratación de los seguros agrarios. Tercero. Bases reguladoras Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la contratación de los seguros agrarios en la Comunidad Autónoma de Galicia y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento MR443A). Cuarto. Importe Para la concesión de las subvenciones convocadas se destinará un crédito de 9.500.000,00 €, que se podrá ver incrementado con otros remanentes presupuestarios. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes En los anexos I, II y III de la orden se establecen las fechas de inicio de suscripción de pólizas de seguro correspondientes a las diferentes líneas de seguros que componen el Plan de seguros agrarios. La formalización de la declaración del seguro se considerará solicitud de ayuda, siempre que se realice dentro de los períodos de suscripción establecidos por la normativa del plan anual que establece el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y, además, se cumplan los distintos puntos referentes a la subvención que se contengan en la declaración del seguro. En todo caso, en la declaración del seguro se especificará, en la parte de subvenciones para comunidades autónomas, la expresión literal de «subvención de la Comunidad Autónoma de Galicia». La contratación de la póliza de seguros constituye una declaración del asegurado de que reúne los requisitos exigidos en las normas reguladoras sobre subvenciones y ayudas públicas, de acuerdo con los artículos 10 y 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, de que no fue objeto de resolución administrativa o judicial firme de reintegro o de que, en su caso, se realizó el correspondiente ingreso, y que dispone de los documentos que justifican el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta orden para la concesión de las subvenciones. En aplicación de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, la contratación de la póliza de seguro por el solicitante implica la autorización de este para que el órgano concedente obtenga la acreditación del cumplimiento de dichos requisitos a través de certificados telemáticos, salvo denegación expresa de aquel.
Organismo convocante
GALICIA — CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL
Ámbito
GALICIA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 13 de enero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 16 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | 01.6 - Actividades de apoyo a la agricultura, a la ganadería y de preparación posterior a la cosecha; 03.3 - Actividades de apoyo a la pesca y la acuicultura; 03.2 - Acuicultura; 01.1 - Cultivos no perennes; 01.2 - Cultivos perennes; 01.5 - Producción agrícola combinada con la producción ganadera; 01.3 - Propagación de plantas |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 9,5 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Texto en otra lengua de la convocatoria ↗
- Extracto Orden_cast ↗
- Extracto Orde_gal ↗
- EXTRACTO de la Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la contratación de los seguros agrarios en la Comunidad Autónoma de Galicia y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento MR443A) ↗
Bases reguladoras
ORDE do 29 de decembro de 2025 pola que se establecen as bases reguladoras das axudas para o fomento da contratación dos seguros agrarios na Comunidade Autónoma de Galicia e se convocan para o ano 2026 (Código de procedemento MR443A)