2026 - Europa jove 2023-2026 - fomento de la movilidad Europea
Denominación oficial: 2026 - EUROPA JOVE 2023-2026 - FOMENTO DE LA MOVILIDAD EUROPEA
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 6.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de noviembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Se trata de una beca en efectivo para facilitar tu movilidad europea. Puedes solicitarla si eres una persona que no ejerce actividad económica y participas como becario o participante en Erasmus+ o en proyectos de intercambio donde el Ayuntamiento de Puig de Santa Maria sea socio, o si eres estudiante extranjera fuera de la UE con permiso de residencia por estudios. La ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 30 de noviembre de 2026 y las propuestas se compararán; cumplir los requisitos no asegura que la recibas.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index): PRIMERO. PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS 1. Las personas físicas y en su condición de becarias y/o participantes en IE y/o CFE dentro del Programa Erasmus+ y/o aquellas que participen en proyectos de movilidad europea fuera del programa Erasmus+ donde el Ayuntamiento del Puig sea socio participante. 2. Las personas estudiantes extranjeras no comunitarias deberán acreditar la condición de situación de estancia o residencia por estudios, de conformidad con lo dispuesto en la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. 3. Tener el padrón en el municipio de El Puig de Santa Maria almenos 6 meses antes de la convocatoria, este requisito no será exigible para aquellos participantes que tomen parte en proyecto de intercambio juvenil o proyecto de movilidad europea fuera de Erasmus+, gestionado por el Ayuntamiento del Puig de Santa Maria como socio en el proyecto. 4. Acreditar que ha sido seleccionados para realizar una parte de sus estudios en la actividad de movilidad de estudiantes. (No exigible en Intercambios Juveniles, ni en cursos de formación europeos, ni en proyectos de movilidad europea fuera de Erasmus+). 5. En el caso de participantes en Intercambios Juveniles en los que el socio de envío no es el propio ayuntamiento, acreditación de la participación. Cuando se participe en proyectos donde el ayuntamiento es la entidad de envío o socio participante, no hará falta el documento acreditativo. 6. No haber disfrutado de una beca Europajove en años anteriores, salvo que se pida la beca para un programa distinto, máximo 1 beca por programa. SEGUNDO. FINALIDAD Convocar para el ejercicio 2025/2026, subvenciones para la concesión de ayudas complementarias a la formación de aquellas personas estudiantes residentes en el término municipal del Puig de Santa Maria beneficiarias de una beca Erasmus+ durante el curso académico 2023/2024, 2024/2025 y 2025/2026 así como para contribuir a los gastos de viaje que excedan de la subvención a aquellas personas que participen en Intercambios Juveniles, en adelante IE, y Cursos de formación europeos, en adelante CFE dentro del Programa de Movilidad Erasmus y para otorgar una ayuda para sufragar los gastos de viaje en proyectos de movilidad europea que no estén dentro del programa Erasmus +. TERCERO. BASES REGULADORAS Las Bases Reguladoras fueron aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve, por unanimidad de sus miembros asistentes, adoptó el acuerdo de aprobación de las bases reguladoras para el fomento de la movilidad europea, EUROPAJOVE, (Boletín Oficial de la Provincia de Valencia núm. 213, de fecha 06 de noviembre de 2019). De conformidad con la Línea 2 del Plan Estratégico de Subvenciones y el artículo 7, apartado c, de dicho plan, aprobado en el BOP nº22 del 31 de enero de 2019. CUARTO. CUANTÍA Programa I: La cuantía de la ayuda consistirá en una ayuda fija mensual de 75€ durante un máximo de 10 meses, en concepto de ayuda complementaria Erasmus+. El pago de la misma se estará a lo especificado en el artículo 10 de estas bases. Programa II: La cuantía de la ayuda consistirá en una ayuda a los gastos de viaje, si éstos exceden de los subvencionados por el propio proyecto Erasmus+, en el que participe la persona, cuyo importe máximo se establece en 100€, en concepto de ayuda viaje Erasmus+. Programa III: La cuantía de la ayuda consistirá en una ayuda fija a los gastos de viaje, en el que participe la persona, cuyo importe máximo se establece en 100€, en concepto de ayuda viaje movilidad europea. QUINTO. FINANCIACIÓN Las subvenciones contenidas en la presente convocatoria se concederán con cargo a los presupuestos del Ayuntamiento del Puig para el año 2026, por un importe global máximo de 6.000€ (cinco mil euros), aplicación presupuestaria 24100.48003 El citado importe podrá ser incrementado como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, o de la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o programas del mismo servicio, que no requerirá nueva convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 58, apartado 2, letra a, del reglamento de la Ley general de subvenciones. SEXTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Valencia atendiendo a las bases de la convocatoria.
Organismo convocante
PUIG DE SANTA MARIA, EL — AYUNTAMIENTO DE PUIG DE SANTA MARIA, EL
Ámbito
Valencia / València
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 3 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 2 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 6.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
EUROPA JOVE - FOMENTO DE LA MOVILIDAD EUROPEA (Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de El Puig de Santa Maria).