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AYUDAS MUNICIPALES DE CARÁCTER SOCIAL NO PERIÓDICAS DEL AYUNTAMIENTO DE MONDRAGÓN 2026

Denominación oficial: AYUDAS MUNICIPALES DE CARÁCTER SOCIAL NO PERIÓDICAS DEL AYUNTAMIENTO DE MONDRAGÓN 2026.

Plazo de solicitud 1 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 105 días
Código BDNS 885396

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 10.000 €. Se puede solicitar hasta el 1 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede sin competir: cualquiera que cumpla los requisitos y la solicite la recibirá, siempre que haya fondos disponibles. Es una subvención en efectivo dirigida a personas que no tengan actividad económica y vivan en el municipio de Mondragón, en Gipuzkoa. El objetivo es apoyar a quien necesite cubrir situaciones de desprotección, dependencia o exclusión social. Puedes presentar la solicitud hasta el 1 de diciembre de 2026.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

AYUDAS MUNICIPALES DE CARÁCTER SOCIAL NO PERIÓDICAS DEL AYUNTAMIENTO DE MONDRAGÓN 2026. La Ley 12/2008, de 5 de diciembre del 2008 tiene por objeto promover y garantizar en el ámbito de la CAPV el derecho a las prestaciones y servicios sociales mediante la regulación y ordenación de un Sistema Vasco de Servicios Sociales de carácter universal. El artículo 6 establece la finalidad del Sistema Vasco de Servicios Sociales (SVSS): a) Promover la autonomía personal y prevenir y atender las necesidades personales y familiares derivadas de la dependencia. b) Prevenir y atender las necesidades originadas por situación de desprotección. c) Prevenir y atender situaciones de exclusión y promover la integración social de las personas, de las familias y grupos. d) Prevenir y atender necesidades personales y familiares originadas por las situaciones de emergencia. El artículo 16 define las prestaciones económicas propias del SVSS y en el artículo 22.3 se categorizan las distintas prestaciones económicas. Entre ellas, cabe destacar las prestaciones 3.5, prestaciones económicas que pueden establecerse en el marco de las finalidades propias del SVSS. Las ayudas reguladas en estas bases quedan sujetas a esta categorización. Artículo 1.—Objeto y definición. Esta norma tiene por objeto la regulación de la concesión de subvenciones directas y excepcionales para prevenir y atender situaciones de exclusión y promover la integración social de personas y de las familias, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.c) y 28.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Estas ayudas municipales son prestaciones económicas de naturaleza económica destinadas a aquellas personas, vecinas del municipio de Mondragón, cuyos ingresos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos, de carácter extraordinario, necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social. Estas ayudas tienen carácter finalista, debiendo destinarse exclusivamente para el concepto por el que hayan sido concedidas. Se destinarán a la cobertura de necesidades generadas en el año natural de la concesión. Tienen carácter subsidiario, y en su caso complementario, de todo tipo de prestaciones y recursos sociales previstos en la legislación vigente. Estas ayudas municipales requieren de la valoración profesional preceptiva, realizada por la trabajadora social, basada en la valoración inicial de necesidades y tomando como referencia la legislación vigente en materia de la valoración de las situaciones de exclusión social. Artículo 2.—Personas beneficiarias: Requisitos y obligaciones Requisitos Generales. Podrán ser beneficiarias de las Ayudas no periódicas municipales (ANPM) quienes reúnan los siguientes requisitos generales: Participar en un plan de atención personalizada, consensuado con la trabajadora social de referencia que se materializará en un informe social. La tramitación de esta prestación deberá de ser una actividad, parte del proceso de inclusión social que se haya establecido. Ser mayor de edad, salvo en el caso de menores que a su vez, tienen a otros menores de edad a su cargo. No disponer de los ingresos y patrimonio que se determinen en cada concepto. Cumplir los requisitos específicos que se exijan para cada concepto de ayuda Obligaciones. Son obligaciones de las personas beneficiarias de las ANPM: a) Aplicar las prestaciones recibidas a la finalidad para las que se hubieran otorgado. b) Justificar las ayudas concedidas excepto para los gastos de alimentación que no se requerirá justificante del gasto. c) Comunicar a su trabajadora social de referencia de manera inmediata cualquier cambio que se produzca en su situación que afecte al cumplimiento de los requisitos que pudieron dar lugar al acceso de las prestaciones y en concreto a las siguientes: — Cambios en la unidad de convivencia. — Cambios relativos al domicilio de residencia habitual. — Modificación de los ingresos y/ o el patrimonio que hayan servido de base para el cálculo de la prestación. d) Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o en cuantía indebida. e) Comparecer ante los servicios sociales y colaborar con los mismos siempre que sean requeridos. f) Cumplir con el plan de atención personalizada consensuado con su trabajadora social de referencia. Artículo 3.— Tipos de ayudas, cuantías y requisitos de acceso para cada una de ellas. Requisitos comunes a los tres tipos de ayuda: — Estar empadronado en el municipio de Mondragón en la fecha en que se presente la solicitud de la ayuda. — No disponer de ingresos suficientes. Esto es, no disponer de unos ingresos anuales superiores a la cuantía correspondiente de RGI con carácter general del año anterior según el número de miembros de la unidad de convivencia. — No disponer de un patrimonio superior a 3000 euros. Respecto a la composición de la unidad de convivencia a efectos de estas ayudas, y de forma excepcional, podrá computarse como miembro de la misma sólo a la persona a cuyo favor se propone conceder la ayuda. Para ello el informe social que preceptivamente debe elaborarse señalará las circunstancias del caso, y deberá concluir que en caso contrario la persona potencialmente beneficiaria no obtendría la ayuda que precisa. 3.1. Ayudas de alojamiento Este tipo de ayudas están dirigidas a cubrir necesidades de: 1. Gastos necesarios para procurar alojamiento de manera urgente y temporal a personas que deben abandonar su domicilio habitual. 2. Gastos para el acceso a una vivienda o alojamiento. Cuantías: — La cuantía máxima será de 2.400 euros excepto para los gastos de subarriendo u hospedaje que serán de 1.200 euros. 3.2. Ayudas para gastos derivados de las actividades de los menores de la unidad de convivencia. Gastos derivados de la participación de los menores de la UC en actividades valoradas técnicamente como importantes y necesarias para su desarrollo personal y/ o social. Cuantía: — Máximo 540 euros por menor. 3.3. Ayudas para apoyo al…

Organismo convocante

ARRASATE/MONDRAGÓN — AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN

Ámbito

Gipuzkoa

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación5 de febrero de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes1 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económico88 - Actividades de servicios sociales sin alojamiento; 85 - Educación
Última actualización BD2 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total10.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza Municipal de concesión y gestión de subvenciones del Ayuntamiento de Arrasate

Bases reguladoras ↗