Abierta · quedan 120 díasNacionalTransporte

Subvenciones al transporte aéreo para familias numerosas

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 120 días
Código BDNS 886810

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 4,5 M€. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda no está abierta a solicitudes; ya está adjudicada y el dinero tiene un destinatario concreto. Se publica solo para cumplir con la transparencia. No puedes presentar una petición, aunque en la información aparezca un plazo hasta el 31/12/2026. La subvención, gestionada por la Dirección General de Aviación Civil, consiste en una entrega de dinero sin contraprestación destinada a financiar el transporte aéreo para familias numerosas. El importe total asignado es de 4,45 millones de euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Organismo convocante

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE — DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

Ámbito

ESPAÑA

Categoría

Transporte

Destinatarios

Empresas grandes

Más información

Plazos

Fecha de publicación12 de febrero de 2026
Fecha inicio de solicitudes1 de enero de 2026
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónNacional
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadSubvenciones al transporte
Sector económico51.1 - Transporte aéreo de pasajeros
Última actualización BD9 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total4,5 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden FOM 3837/2006 desarrollando el Art. 3 del R. D. 1621/2005

Bases reguladoras ↗