De la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de actividades de educación permanente en el curso 2026-2027
Denominación oficial: Orden de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de actividades de educación permanente en el curso 2026-2027
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 360.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Objeto y ámbito de la convocatoria.La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de actividades de educación permanente en la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2026-2027. Segundo.- Bases reguladoras.Esta convocatoria queda sujeta a lo establecido en la Orden ECD/792/2022, de 31 de mayo, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 110, de 9 de junio de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de actividades de educación permanente. Tercero.- Presupuesto y financiación.El presupuesto máximo destinado a esta convocatoria asciende a trescientos sesenta mil euros (360.000,00 €) y estará financiado por el Departamento de Educación, Ciencia y Universidades con cargo a la aplicación presupuestaria 18110G/4225/460020/91002 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2027. Cuarto.- Régimen de compatibilidad.Las ayudas reguladas en la presente convocatoria serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de administraciones públicas o entidades privadas sin que en ningún caso sean de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con estas, superen el coste de la actividad subvencionada. Quinto.- Beneficiarios.Podrán ser beneficiarias de las subvenciones a que se refiere esta Orden las entidades locales aragonesas establecidas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que desarrollen actividades de educación permanente. La oferta formativa deberá referirse a alguna de las enseñanzas recogidas en los apartados octavo 1 y octavo 2 de la orden. Sexto.- Actuaciones subvencionables.Se consideran actuaciones subvencionables aquellas que tengan como finalidad el desarrollo de actividades de formación permanente desarrolladas por profesorado generalista consistentes en la impartición de docencia, incluyendo las posibles itinerancias entre las entidades locales beneficiarias. También se consideran subvencionables las enseñanzas correspondientes a Módulos de Certificados de Profesionalidad, siempre y cuando estén autorizados por el Instituto Aragonés de Empleo. Séptimo.- Solicitudes.Las solicitudes se presentarán por medios telemáticos conforme al modelo específico que se genera por la herramienta Tramitador on line, disponible en la siguiente dirección electrónica:https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subvencion-educacion-permanente-entidades-locales-2026. Octavo.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de publicación del extracto de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".
Organismo convocante
ARAGÓN — DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA, ORDENACIÓN ACADÉMICA Y EDUCACIÓN PERMANENTE
Ámbito
ARAGON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 19 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 16 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 360.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDEN ECD/792/2022, de 31 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales de la comunidad autónoma de Aragón para el desarrollo de actividades de educación permanente.