Establecen las bases reguladoras de las subvenciones a ayuntamientos, para la elaboración e implantación de planes de protección civil para riesgo de incendios forestales de ámbito municipal y si procede su convocatoria para el año 26
Denominación oficial: ORDEN por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a ayuntamientos, para la elaboración e implantación de planes de protección civil para riesgo de incendios forestales de ámbito municipal y si procede su convocatoria para el año 26
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: GALICIA. Presupuesto: 330.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/xxxx Primero. Beneficiarios Los municipios gallegos de menos de 10.000 habitantes que cumplan con los siguientes requisitos: 1. Tener obligación de contar con Plan de actuación municipal ante el riesgo de incendios forestales, conforme se determina en el plan Peifoga. 2. Haber remitido la cuenta general del ayuntamiento, correspondiente al ejercicio presupuestario de 2024, al Consejo de Cuentas. Segundo. Objeto Establecer las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para el año 2026, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al financiamiento de los gastos que realicen los municipios para la elaboración o revisión e implantación del plan de actuación muncipal ante el riesgo de incendios forestales. Tercero. Bases reguladoras Orden de 9 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a ayuntamientos, en régimen de concurrencia no competitiva, para la elaboración e implantación de planes de protección civil para riesgo de incendios forestales de ámbito municipal, y se procede a su convocatoria para el año 2026. Cuarto. Importe Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de trescientos treinta mil euros (330.000 €) con cargo a la partida presupuestaria 05.06.212A.460.3, código de proyecto 2026 00007, correspondiente a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de un mes y comenzará a computarse transcurridos cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, a partir de las 9.00 horas. En caso de que el día de inicio del plazo sea inhábil, el plazo comenzará el día hábil siguiente, también a las 9.00 horas. El día de finalización del plazo podrán presentarse las solicitudes hasta las 20.00 horas. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Organismo convocante
GALICIA — CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y DEPORTES
Ámbito
GALICIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 23 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 6 de marzo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 6 de abril de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias |
| Sector económico | 84.2 - Prestación de servicios a la comunidad en general |
| Última actualización BD | 2 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 330.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en otra lengua de la convocatoria ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- EXTRACTO de la Orden de 9 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a ayuntamientos, para la elaboración e implantación de planes de protección civil para riesgo de incendios forestales de ámbito municipal, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR460E). ↗
Bases reguladoras
ORDEN por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a ayuntamientos, para la elaboración e implantación de planes de protección civil para riesgo de incendios forestales de ámbito municipal y si procede su convocatoria para el año 26