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CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS A PERSONAS EMIGRANTES ASTURIANAS RETORNADAS PARA EL EJERCICIO 2026

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 889453

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto: 500.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero.- Personas Beneficiarias: Podrán ser beneficiarias de las presentes ayudas las personas emigrantes asturianas retornadas que cumplan los siguientes requisitos de acuerdo con la cláusula cuarta de la presente convocatoria: a),,Estar en posesión de la nacionalidad española antes de retornar. b),,Haber residido en el extranjero un mínimo de 4 años inmediatamente anteriores a la fecha del retorno a España. En el caso de que las personas solicitantes sean menores de edad en el momento de presentar la solicitud de la ayuda, no se les tendrá en cuenta el tiempo de residencia fuera de España. c),,Ser natural de Asturias o haber tenido la última vecindad administrativa en algún concejo de Asturias antes de su salida, o ser descendiente de asturiano o asturiana hasta segundo grado de consanguinidad. d),,Encontrarse empadronado o empadronada en algún concejo asturiano, requisito que deberá mantenerse durante el plazo de dos años desde la concesión de la ayuda. e),,Que en el momento de presentar la solicitud de la ayuda no hayan transcurrido más de dos años desde el retorno. f),,Las personas solicitantes mayores de edad y que tengan edad y capacidad laboral deberán acreditar la búsqueda activa de empleo o estar en posesión de un contrato de trabajo en vigor. g),,Carecer de recursos económicos suficientes en la unidad familiar, según lo establecido en el apartado 2. h),,Carecer de patrimonio mobiliario suficiente en la unidad familiar, según lo establecido en el apartado 5 de la cláusula cuarta de la convocatoria. i),,No haber sido beneficiaria de estas ayudas en ejercicios anteriores, ni haber formado parte de la unidad familiar de una persona beneficiaria, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1, letra i) de la cláusula cuarta de la convocatoria. Las solicitudes presentadas en 2025 de acuerdo con la Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria pública de ayudas económicas directas a personas emigrantes retornadas para el ejercicio 2025, publicado su extracto en el BOPA de 6 de marzo de 2025, y quedasen pendientes de resolver en dicha anualidad se incorporarán a la presente convocatoria rigiéndose conforme a lo establecido en la misma, indicando que, a efectos de su tramitación, se reputarán anteriores, según el mismo orden de presentación, a las presentadas posteriormente en la presente anualidad. Segundo.- Objeto: Concesión de ayudas económicas directas a personas emigrantes asturianas retornadas con la finalidad de contribuir a su adaptación y asentamiento en el Principado de Asturias de conformidad con la disposición adicional decimocuarta de la Ley del Principado de Asturias 5/2025, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2026. Las ayudas estarán destinadas a sufragar situaciones de precariedad o gastos extraordinarios derivados del hecho del retorno. Tercero.- Cuantía: La cuantía global de la convocatoria del año 2026 asciende a quinientos mil euros (500.000 €). La cuantía máxima de la ayuda por beneficiario no podrá rebasar los seis mil euros (6.000 €), estableciéndose en función del número de puntos que obtengan en función de los criterios establecidos en la cláusula tercera convocatoria. Cuarto.- Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes está abierto todo el año Quinto.- Otros datos de interés: En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://miprincipado.asturias.es/) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0117T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud. Las solicitudes vendrán acompañadas de la documentación señalada en la resolución de aprobación de la convocatoria.

Organismo convocante

PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO

Ámbito

PRINCIPADO DE ASTURIAS

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación24 de febrero de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD2 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total500.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

LEY DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 5/5025, DE 31 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES PARA 2026

Bases reguladoras ↗