Ayudas de minimis a la producción editorial y fonográfica en lengua catalana para el año 2026
Denominación oficial: Convocatoria de ayudas de minimis a la producción editorial y fonográfica en lengua catalana para el año 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Mallorca. Presupuesto: 440.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Edicto del Consejo de Mallorca sobre la aprobación de la convocatoria de ayudas de minimis a la producción editorial y fonográfica en lengua catalana para el año 2026 BDNS: 889468 La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio, en ejercicio de la delegación del Consejo Ejecutivo de fecha 28/05/25 (BOIB nº 69, de 31/05/25) y considerándolo acto del Consejo Ejecutivo, en fecha 24 de febrero de 2026, adoptó la siguiente resolución, que transcribo, literalmente, a continuación: Aprobar la convocatoria de ayudas de minimis a la producción editorial y fonográfica en lengua catalana para el año 2026 que se anexa a esta resolución. Autorizar un gasto de 440,000,00 € a cargo de la aplicación presupuestaria 20.33450.77912 (RC nº de referencia 22026001971) para atender las subvenciones de la convocatoria citada. Ordenar su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears i en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Interposición de recursos Contra la resolución que aprueba esta convocatoria, así como contra la resolución de concesión que se derive, que no ponen fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de haberse publicado la resolución o haber recibido la notificación correspondiente. El recurso se puede interponer formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo. Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada. Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo. No obstante lo anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Convocatoria de ayudas de minimis a la producción editorial y fonográfica en lengua catalana para el año 2026 PRIMERO. Normativa El régimen jurídico de esta convocatoria se encuentra recogido en la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca y de los organismos autónomos que de él dependen (BOIB nº 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº 96, de 4 de agosto de 2018). Esta convocatoria se adecua al RD 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB (BOIB nº 196, de 31 de diciembre de 2005). Esta convocatoria se rige también por el Reglamento nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (Diario Oficial de la Comunidad Europea serie L de 15 de diciembre de 2023), que será vigente hasta el 31 de diciembre de 2030. SEGUNDO. Finalidades El Consejo de Mallorca, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, ha aprobado desde el año 1995, con algunas interrupciones, las bases y las convocatorias de apoyo a la producción editorial y fonográfica en lengua catalana. Teniendo en cuenta los retos actuales y los resultados obtenidos, el Departamento de Cultura y Patrimonio del Consejo de Mallorca ha decidido seguir apostando por el fomento de la lengua catalana por medio de las ayudas a la producción editorial y fonográfica, con el objetivo de aumentar el conocimiento y la presencia social del catalán a la vez que se da apoyo al mantenimiento de la industria editorial y discográfica en la lengua propia de Mallorca. De esta manera, de acuerdo con aquello que se establece en la ley, se garantiza la disposición, la protección y la conservación de una parte del legado de nuestra cultura, que tiene que ser manifestación no sólo de nuestra lengua sino también de todo aquello que ha configurado y tendrá que configurar nuestra identidad. TERCERO. Objeto y condiciones Se pueden acoger a esta convocatoria las solicitudes que tengan por objeto la producción y la edición, en cualquier formato, tanto físico como digital, de libros, audiolibros y fonogramas en lengua catalana. Requisitos generales Los libros, fonogramas y audiolibros se tienen que editar y consignar en la Oficina del Depósito Legal del Consejo de Mallorca dentro del plazo de la convocatoria, es decir, entre el 1 de junio de 2025 y el 31 de mayo de 2026, ambos incluidos. Así, los libros, fonogramas y audiolibros que se presenten dentro de esta convocatoria deben tener la asignación definitiva del depósito legal del Consejo de Mallorca. Las obras y producciones tienen que estar en lengua catalana y estar escritas o expresadas con corrección estilística, gramatical y tipográfica. Las obras que no cumplan este requisito serán objeto de exclusión. Asimismo, de acuerdo con el previsto en el artículo 15 de la Ordenanza de subvenciones del Consejo de Mallorca, los beneficiarios tienen que difundir que el Consejo de Mallorca subvenciona las obras y producciones. Esta publicidad se tiene que hacer aunque la fecha de concesión sea posterior a la publicación, tiene que estar al menos en catalán y adjuntarse con la documentación justificativa. Concretamente, el beneficiario tiene que incluir el logotipo genérico del Consejo de Mallorca (sin hacer referencia a ningún Departamento ni Dirección Insular) en dimensiones proporcionadas al soporte usado y similares a las…
Organismo convocante
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA — CONSELL INSULAR DE MALLORCA
Ámbito
Mallorca
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 25 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 2 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 440.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2831 de minimis, General