Convocatoria 2026 para la concesión de ayudas para el alquiler de vivienda para jóvenes en el municipio de amorebieta-etxano
Denominación oficial: CONVOCATORIA 2026 PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL ALQUILER DE VIVIENDA PARA JÓVENES EN EL MUNICIPIO DE AMOREBIETA-ETXANO
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Bizkaia. Presupuesto: 10.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de octubre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 31 de octubre de 2026 y tu expediente se comparará con los de los demás; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Está destinada a jóvenes de 18 a 35 años que no tengan actividad económica y que necesiten cubrir el alquiler de una vivienda en Amorebieta‑Etxano, ya sea solos, en pareja o en unidad familiar monoparental. La subvención es una entrega de dinero sin devolución y el fondo total disponible es de 10 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de las ayudas con cargo al ejercicio 2026, las personas físicas, tanto a título individual o como agrupadas en una unidad de convivencia. Constituyen una unidad de convivencia las personas unidas en matrimonio o como pareja de hecho registrada, y en su caso, los hijos e hijas a su cargo, así como las unidades monoparentales formadas por un único padre o madre y los hijos e hijas a su cargo. Todas y cada una de las personas integrantes de la unidad convivencia, a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia de esta convocatoria y durante el periodo subvencionable, deberán cumplir los siguientes requisitos específicos: a) Tener una edad entre 18 y 35 años, excepción hecha de los y las menores dependientes que cohabiten en la Unidad Convivencial. b) Que ningún o ninguna solicitante o miembro componente de la Unidad Convivencial posea vivienda alguna de su propiedad, salvo en el supuesto de que sea cotitular de una o varias viviendas adquiridas por herencia o donación, en las que ninguno de los porcentajes de cotitularidad supere el 50% y el valor de las participaciones en vivienda no superen los 75.000 euros. c)Todas las personas que forman parte de la Unidad Convivencial del o de la solicitante deberán empadronarse en la vivienda objeto de subvención tras la formalización del contrato, cuestión que acreditarán con carácter previo a la percepción de la ayuda y deberán permanecer empadronadas en la misma durante el período que comprenda la subvención. Asimismo, en caso de que haya personas, no titulares del contrato, empadronadas en la vivienda con fecha anterior al inicio del contrato, los y las titulares del contrato deberán formular la solicitud de baja del padrón de dichas personas, dentro del periodo de subvención. d)Que, al menos, una de las personas adultas integrantes de la unidad convivencial haya estado empadronada en el municipio de Amorebieta-Etxano durante 10 años o durante los 2 últimos años de manera consecutiva en el momento de presentar la solicitud. e) Los ingresos de la Unidad Convivencial serán inferiores a 28.000 euros brutos anuales. f) En cuanto a la composición de los ingresos, la cuantía de rendimientos brutos derivados de rentas de capital del último ejercicio fiscal vencido, no podrá superar en su conjunto la cifra de 601,10 euros anuales. g) Todos los miembros de la Unidad Convivencial tendrán que estar al corriente del pago de impuestos, tasas, arbitrios y sanciones del Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano. h)Ningún miembro de la Unidad Convivencial tendrá vinculación familiar con el o la arrendataria hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. En todo caso, para la consideración de beneficiario o beneficiaria, habrá de acreditarse el cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General 38/2003 y 18 a 29 del Real Decreto 887/2006 y de la Ordenanza Reguladora de Subvenciones de Amorebieta-Etxano. Segundo. Objeto La presente convocatoria tiene por objeto contribuir en parte al pago del alquiler a jóvenes de 18 a 35 años que dispongan o se comprometan a hacerlo antes del 31 de octubre del año en curso, de una vivienda destinada a domicilio habitual en régimen de alquiler en el término municipal de Amorebieta-Etxano. La subvención se realizará según las condiciones establecidas en las bases reguladoras, para el gasto de alquiler asumido por el o la beneficiaria durante un mínimo de doce meses, y siempre y cuando dichas condiciones se mantengan durante dicho periodo de tiempo. Tercero. Bases reguladoras Las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas económicas para el alquiler de vivienda para jóvenes en el municipio de Amoebieta-Etxano, se encuentran publicadas en el BOB nº185 de 25 de septiembre de 2018. Cuarto. Cuantía La cuantía de la subvención se establece en un máximo del 50% de la cantidad subvencionable, con un límite máximo de 250,00 euros/mes por solicitud para un periodo máximo de 12 mensualidades. A efectos de lo dispuesto en las bases reguladoras, quedan excluidos del concepto de alquiler o cantidad subvencionable, los correspondientes a garajes y gastos de comunidad y administración, así como los que se produzcan en concepto de contribuciones y arbitrios, aun cuando figuren expresamente incluidos en el correspondiente contrato. Se descontará del coste de la mensualidad de alquiler, un valor fijo de 30 euros por garaje o gastos de comunidad descritos en el párrafo anterior, cuando estén incluidos en el contrato de alquiler y no se aporte justificación expresa del coste mensual de cada uno de ellos. En caso de que el importe total de las subvenciones a conceder supere la cantidad consignada en la partida presupuestaria correspondiente, el Ayuntamiento podrá proceder al prorrateo de la misma entre todas ellas. Estas ayudas se imputarán a los créditos presupuestarios disponibles de la partida 2311 48001, la cantidad máxima de 10.000,00 euros del Presupuesto Municipal del 2026 Quinto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia y finalizará el 31 de octubre 2026 Las solicitudes, dirigidas a la Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano se deberán presentar en el Servicio de Atención Ciudadana, a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano o por cualquiera de los medios señalados en el art. 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, formalizándose en el modelo oficial (E154). Las solicitudes deberán comprender: a) Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado. b) En el caso de existir menores de edad, se aportará, además el Libro de Familia. Este último documento será preciso, en todo caso, para acreditar la filiación en caso de alegar descendencia. c) Contrato de arrendamiento de la vivienda, abarcando el periodo subvencionable. d) En caso de ser cotitular de…
Organismo convocante
AMOREBIETA-ETXANO — AYUNTAMIENTO DE AMOREBIETA-ETXANO
Ámbito
Bizkaia
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 25 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 23 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 10.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza Reguladora de las Bases por las que se establece la concesión de ayudas para el alquiler de vivienda para jóvenes en el municipio de Amorebieta-Etxano, publicándose el texto en el B.O.B nº 185 de fecha 25 de septiembre de 2018