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Ayudas escolares para el curso 2025-2026 para alumnos escolarizados desde el Primer Ciclo de Educación Infantil hasta Bachillerato y Formación Profesional Básica o de Grado Medio en cualquiera de sus modalidades.

Denominación oficial: Convocatoria de ayudas escolares para el curso 2025-2026 para alumnos escolarizados desde el Primer Ciclo de Educación Infantil hasta Bachillerato y Formación Profesional Básica o de Grado Medio en cualquiera de sus modalidades.

Plazo de solicitud 25 de marzo de 2026
Estado Finalizada
Código BDNS 889847

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 220.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios: Alumnos empadronados en Galapagar, que durante el curso escolar 2025/2026 estén matriculados en centros escolares de la Comunidad de Madrid en cualquiera de los niveles comprendidos desde el primer Ciclo de Educación Infantil hasta Bachillerato o en Formación Profesional de Grado Medio y Básico. Segundo. Objeto. Concesión de ayudas escolares para el curso escolar 2025/2026, con el fin de ayudar a las familias de Galapagar en una necesidad básica como supone la educación de sus hijos. Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Galapagar, publicada en el BOCM. B.O. de la Comunidad de Madrid el 5 de mayo de 2008. Cuarto. Cuantía. La cantidad máxima estipulada será de 120 € por alumno. El solicitante deberá especificar y aportar justificación de la ayuda que solicita en concepto de escolarización, material escolar, tasas de exámenes del curso en que esté escolarizado, uniformidad, ruta o comedor escolar. Se establece una cantidad complementaria 10 euros más para las familias numerosas categoría general y 30 euros más para las familias numerosas de categoría especial, los alumnos TEA y para las familias vulnerables del municipio de Galapagar: beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción y a los que se les ha extinguido la Renta Mínima de Inserción, por ser Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, familias que acrediten la condición de ser Víctimas de Violencia de Género o de Terrorismo. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Del 11 al 25 de marzo, ambos inclusive. Las solicitudes junto con la documentación exigida, se registrará a través del formulario específico y obligatorio de la misma (art. 66.6 Ley 39/2015) que estará en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Galapagar: https://sede.galapagar.es/eAdmin/Sede.do. Se requerirá Certificado Digital o DNI electrónico. El beneficiario de la ayuda que no sea titular del certificado digital o DNI electrónico con el que se realizará la solicitud, deberá adjuntar una autorización. También se podrán presentar a través del registro general del Ayuntamiento de Galapagar o mediante los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Sexto. Otros datos. Para poder ser admitidos a la convocatoria, la solicitud, debidamente cumplimentada y firmada, habrá de ser acompañada necesariamente de la siguiente documentación: - Facturas legales, recibos bancarios originales o certificados emitidos por el centro, donde conste que se han abonado gastos derivados de la escolarización, o comedor, o material escolar. - Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria del solicitante, (recibo bancario, primera página de la cartilla o libreta de la entidad financiera, etc.). - Convenio regulador en caso de separación o documento acreditativo de la condición de familia monoparental. - Justificación de condición especial en caso de optar a la ayuda suplementaria - Autorización de representación en su caso.

Organismo convocante

GALAPAGAR — AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

Ámbito

COMUNIDAD DE MADRID

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación26 de febrero de 2026
Fecha inicio de solicitudes11 de marzo de 2026
Fecha fin de solicitudes25 de marzo de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadEducación
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD2 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total220.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

Bases reguladoras ↗