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CONVOCATORIA SUBVENCIÓN PARA OBRAS DE ADECUACIÓN DE VIVIENDAS VACIAS PARA DESTINARLAS A ALQUILER CON PRECIOS ASEQUIBLES 2026

Plazo de solicitud 16 de julio de 2026
Estado Finalizada
Código BDNS 890066

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Barcelona. Presupuesto: 120.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

- Beneficiarios Las personas, físicas o jurídicas, propietarias o usufructuarias de viviendas vacías del parque privado situadas en el municipio de Igualada, en las condiciones que determinan las bases y con el compromiso de incluir la vivienda en el Programa de Mediación para el Alquiler Social de la Oficina Local de Vivienda de Igualada, para incrementar el parque de alquiler social. Se excluyen de estas subvenciones las siguientes personas: a) Las entidades financieras, las filiales inmobiliarias de estas entidades, los fondos de inversión y las entidades de gestión de activos, incluidos los procedentes de la reestructuración bancaria, de acuerdo con la legislación mercantil. b) Las personas físicas o jurídicas que sean propietarias de más de 10 viviendas o de una superficie construida de 1.500 m2 de uso residencial. c) Las viviendas unifamiliares. d) Las viviendas incluidas en edificios plurifamiliares que presenten deficiencias en los elementos comunes, a no ser que se efectúe su reparación de forma paralela a las obras de la vivienda. En el caso que el edificio se encuentre en régimen de propiedad horizontal será imprescindible disponer del acuerdo de la comunidad de propietarios para intervenir en los elementos comunes. - Objeto y finalidad de las subvenciones El objeto y finalidad de estas bases es establecer los requisitos para la concesión de subvenciones para adecuar viviendas vacías del parque privado del municipio de Igualada, a las condiciones de habitabilidad, accesibilidad y/o eficiencia energética exigida por la normativa vigente, mediante la ejecución de obras de rehabilitación o reforma y puesta al día del interior de las viviendas de manera que éstas puedan destinarse a alquiler con precios asequibles. - Bases reguladoras Las bases reguladoras de estas subvenciones aparecen publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 30 de diciembre de 2025. - Cuantía La dotación máxima de la convocatoria es de 120.000 euros con cargo a la partida 40006/15212/78000 del presupuesto general de la Corporación para el año 2026. La asignación presupuestaria de esta convocatoria podrá ser objeto de ampliación de acuerdo con la normativa aplicable y según la disponibilidad presupuestaria, mediante resolución de la Alcaldía o de la concejalía delegada. En caso de producirse la ampliación, se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). El importe de la subvención es del 100% del presupuesto protegible, con un límite de 25.000 € por vivienda cuando el inmueble se encuentre en el ámbito grafiado en el plano que figura en las bases, y con un límite de 20.000 € por vivienda cuando el inmueble se encuentre fuera del ámbito indicado. El presupuesto protegible está constituido por el presupuesto de ejecución material de las obras, los honorarios de los profesionales técnicos y los costes que, en su caso, se produzcan para la obtención de la cédula de habitabilidad y el certificado energético. - Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes es del 16 de marzo al 16 de julio de 2026. Las solicitudes se presentarán en el registro de entrada del Ayuntamiento de Igualada o el Registro electrónico del Ayuntamiento si se dispone del correspondiente certificado digital o firma electrónica, mediante el modelo normalizado que consta en las bases, con la documentación que se señala, y que se puede obtener en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Igualada y en la web https://tramits.igualada.cat. Manifiestar que, de conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación electrónica es obligatoria en el caso, entre otros, de personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica y comunidades de propietarios. La presentación de la solicitud de la subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.

Organismo convocante

IGUALADA — AYUNTAMIENTO DE IGUALADA

Ámbito

Barcelona

Categoría

Vivienda

Destinatarios

Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación26 de febrero de 2026
Fecha inicio de solicitudes16 de marzo de 2026
Fecha fin de solicitudes16 de julio de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD16 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total120.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS VACIAS PARA DESTINARLAS A ALQUILER CON PRECIOS ASEQUIBLES

Bases reguladoras ↗