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Bases reguladoras de las ayudas económicas para actuaciones de mejora energética en edificios y viviendas en el término municipal de BEASAIN. Año 2026

Plazo de solicitud 30 de noviembre de 2026
Estado Abierta · quedan 64 días
Código BDNS 890639

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 20.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de noviembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Es una ayuda competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 30 de noviembre de 2026 y tu proyecto será comparado con los de los demás, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El Ayuntamiento de Beasain destina 20 000 euros a subvencionar obras que mejoren la eficiencia energética de viviendas y edificios residenciales. Puede solicitarla quien sea propietario o comunidad de propietarios y no tenga actividad económica, siempre que la obra tenga licencia municipal después del 1 de enero de 2024 y esté terminada antes del 30 de noviembre de 2026.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

1. Objeto de la subvención. Es objeto de las presentes Bases la regulación de las subvenciones que el Ayuntamiento de Beasain se concede en régimen de concurrencia pública y no competitiva a comunidades de propietarios y propietarios/as de viviendas para actuaciones de mejora de la eficiencia energética en edificaciones residenciales. 2. Requisitos para solicitar la subvención Serán subvencionables, aquellas actuaciones amparadas por licencia municipal otorgada con posterioridad al 1-01-2024 y finalizadas con anterioridad al 30-11-2026 y que, reuniendo los requisitos previstos en estas Bases reguladoras, soliciten la correspondiente ayuda en el plazo fijado para ello. Podrán solicitar subvención: 1. Las Comunidades de Propietarios de edificios de tipología residencial colectiva en régimen de propiedad horizontal del inmueble sobre el que se propone la actuación. 2. Los usuarios/as de vivienda sobre la cual se ha ejecutado la actuación. En el caso de usuario/as de vivienda, deberá tratarse de su vivienda habitual, debiendo acreditar su empadronamiento en la misma con una antigüedad mínima de un año anterior a la fecha de la solicitud de la subvención. Para ser beneficiario de las subvenciones reguladas en las presentes bases, los solicitantes deberán cumplir las condiciones señaladas en la Ordenanza municipal reguladora de Subvenciones aprobadas por el Pleno de la Corporación (Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 114, de 14 de junio de 2018). 3. Importe de la subvención * Ayudas para Comunidades de Propietarios. - La instalación de un sistema de producción de agua caliente sanitaria (ACS) mediante aerotermia, energía solar térmica u otros sistemas de energías renovables. - La instalación de un sistema de calefacción y ACS centralizado con aerotermia, caldera de biomasa, u otros sistemas de energías renovables, que incluyan distribución para control de consumos individualizados. En ambos casos, la cuantía total de la ayuda será del 10 % del coste de la instalación, con un límite de 6.000 € por Comunidad de Propietarios. El coste subvencionable incluirá tanto el coste de la instalación como los costes de los proyectos técnicos necesarios para la instalación, siempre que se cumpla con los requisitos exigidos en el anexo I. * Ayudas para propietarios/as de viviendas. - La sustitución de calderas individuales existentes La sustitución de calderas individuales existentes (ACS y/o calefacción) por otras de gas natural de alto rendimiento, aerotermia, sistemas de producción híbridos u otros sistemas de energías renovables. La cuantía total de la ayuda específica por la instalación de una nueva caldera a condensación en sustitución de otra caldera será de 400 €, siempre que cumpla con los requisitos exigidos en el anexo I. - Sustitución de cerramientos acristalados. La cuantía total de la ayuda por la renovación de cerramientos acristalados será del 30 % del coste subvencionable de la inversión realizada por dicho concepto, siendo este coste máximo subvencionable por cada m² de ventana de 400 euros y, en todo caso, 1.200 euros el máximo de subvención por vivienda. En el cálculo del presupuesto protegible, se podrán incluir tanto los costes de las ventanas en su conjunto (marco, acristalamiento y cajón de la persiana) y su instalación. Sin embargo, no se considerará coste subvencionable: - Las actuaciones conceptuadas como mera reparación o sustitución de algún componente de la carpintería exterior acristalada. - Los costes de albañilería y/o pintura derivados de la instalación de la carpintería. - Componentes tales como contraventanas o similares, motores de persiana, mosquiteras, tendederos, barandillas etc. - Y en general, todos aquellos gastos que no estén claramente definidos o que no tengan por finalidad directa la consecución de la mejora energética de la vivienda. 4. Plazo y lugar de presentación de solicitudes Las bases se remitirán al BDNS. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a contarse a partir del día siguiente al de su publicación en el BOG y será hasta el 30 de noviembre de 2026. Las solicitudes deberán presentarse de la manera señalada en la Base anterior. En el caso de que la documentación presentada esté incompleta, se deberá subsanar o aportar la documentación preceptiva en el plazo máximo de diez días a contar desde el día siguiente a la notificación del requerimiento efectuado por el Ayuntamiento. En caso contrario, se denegará la solicitud. Transcurrido el plazo concedido sin haber procedido a la subsanación, se le tendrá por desistido o desistida de su petición de subvención, archivándose ésta sin más trámite. Las solicitudes se presentarán: Presencialmente iGunea: en horario de atención al público Por correo postal Telemáticamente: www.beasain.eus

Organismo convocante

BEASAIN — AYUNTAMIENTO DE BEASAIN

Ámbito

Gipuzkoa

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación3 de marzo de 2026
Fecha inicio de solicitudes27 de marzo de 2026
Fecha fin de solicitudes30 de noviembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económico35 - Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado
Última actualización BD23 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total20.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Plan estratégico subvenciones 2026-2028

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