AGA/450/2026, de 2 de marzo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, para el año 2026.
Denominación oficial: ORDEN AGA/450/2026, de 2 de marzo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, para el año 2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 792.486 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Objeto de la convocatoria. 1. La orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura para el año 2026, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón y en la Orden AGA/284/2025, de 10 de marzo, por la que se desarrollan las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, previstas en el Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común. 2. La finalidad de la subvención es el impulso del sector apícola mediante una serie de subvenciones que contribuyan a la modernización y la mejora de los sistemas de producción y comercialización de los productos de la apicultura. Segundo. Actividades subvencionables. 1. Podrán ser objeto de subvención las acciones que se indican en los anexos de la orden, correspondientes a las intervenciones contempladas en el artículo 4 de la Orden AGA/284/2025, de 10 de marzo. 2. La campaña apícola tendrá una duración de doce meses consecutivos, comprendidos entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2026. Tercero. Personas beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones: 1. Las personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica, titulares de explotaciones apícolas, incluidas aquellas que sean integrantes de explotaciones de titularidad compartida contempladas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias. 2. Las agrupaciones de apicultores en la medida que sus asociadas y asociados beneficiarios de las subvenciones establecidas en la orden, cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden AGA/284/2025, de 10 de marzo. Cuarto. Gastos subvencionables. Serán subvencionables los gastos efectivamente realizados y pagados desde el día 1 de agosto de 2025 hasta el 31 de julio de 2026. Quinto. Régimen de reconocimiento y concesión. 1. El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva simplificada, conforme al artículo 16.3.b) del texto refundido de la Ley de subvenciones de Aragón. 2. La valoración para cuantificar el importe de la subvención, dentro del crédito consignado en la convocatoria, se realizará con los criterios establecidos en el artículo 11 de la Orden AGA/284/2025 de 10 de marzo. Sexto. Presentación de solicitudes. 1. Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración, confeccionarán y presentarán su solicitud y la documentación correspondiente a través de la sede electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. 2. Las personas físicas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración, una vez confeccionada su solicitud de acuerdo con el punto anterior, podrán presentarla por vía telemática o de manera presencial, imprimiendo y presentando en papel su solicitud y la documentación que acompañe a la misma en cualquier registro oficial de los previstos en el artículo 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 2.El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Boletín Oficial de Aragón. Zaragoza, 2 de marzo de 2026. El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Javier Rincón Gimeno
Organismo convocante
ARAGÓN — DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA
Ámbito
ARAGON
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 3 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 19 de marzo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 20 de abril de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA |
| Última actualización BD | 9 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 792.486 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDEN AGA/284/2025, de 10 de marzo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se desarrollan las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura,