CONCURSO PARA LA ELECCIÓN DEL CARTEL DE LAS LOINATZ JAIAK 2026 Y DEL CARTEL INTERESCOLAR DE LAS LOINATZ JAIAK 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 780 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
1. Objeto de la subvención. El objeto de estas Bases es organizar un concurso de carteles para anunciar las Loinatz Jaiak de 2026. Además, este cartel ganador será la portada del programa de fiestas. Organizar, paralelamente, otro concurso de carteles de fiestas interescolar para menores de entre 7 y 15 años de cara a suscitar el interés y la afición por este tipo de iniciativas desde edades tempranas. Los trabajos se premiarán por el Jurado conforme a las siguientes bases 2. Requisitos para solicitar la subvención CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN 1.- Las personas participantes en el concurso se repartirán en dos grupos: Grupo A: personas nacidas hasta el año 2010 (incluido). Grupo B: Centros escolares de Beasain. Personas nacidas entre los años 2011-2019 (ambos incluidos). 2.- Se admitirá cualquier procedimiento: fotografía, collage, pintura y color. El tamaño de las obras será de 42 x 60 cm. o un tamaño proporcional. El formato será obligatoriamente vertical. 3.- En los trabajos de los grupos A y B deberá constar escrita la frase “2026ko LOINATZ JAIAK” maiatzaren 15etik 24ra en la forma que cada autor/a considere conveniente. 4.- Los trabajos serán presentados sin ningún tipo de identificación de su autor/a. Junto con la obra se deberá incluir un fichero de texto con los datos personales del/de la autor/a y una fotocopia del DNI. 5.- En el caso de los centros escolares el fichero adjunto contendrá el nombre de los/as autores y el CIF y el nombre completo del centro escolar. 6.- Todas las obras deberán ser inéditas y no podrán contener ninguna reivindicación política ni sexista, así como tampoco deberán contener mensajes, imágenes o señal alguna relacionada con los estereotipos sexistas o con el consumo de alcohol o drogas. No podrán ser beneficiarias de estos premios: Las personas o entidades en quienes concurra algunas de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 de noviembre de 2003). Los/as particulares o entidades que se hallen incursos en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Beasain, ni aquellas personas que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento hasta que dichas deudas sean efectivamente satisfechas y saldadas o cumplidas, salvo que las mismas se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida. Quienes hayan sido sancionados/as penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o estén incursas en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres. Documentación interoperable y verificable. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, en el artículo 28 reconoce el derecho de la ciudadanía a no aportar los documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración, de tal forma que la administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos, salvo que la persona interesada se opusiera a ello. Las Administraciones Públicas deben recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas habilitados para ello. El Ayuntamiento de Beasain forma parte del nudo de interoperabilidad y seguridad de las administraciones de Euskadi Nisae, plataforma común para todas las administraciones y entidades del sector público vasco como nodo autonómico para implementar el intercambio de datos electrónicos entre ellas y con el resto de las administraciones. Además de ello, el Ayuntamiento de Beasain hará uso de aplicaciones de la red corporativa foral u otros sistemas que permitan la verificación y obtención de documentos. Los requisitos que se verificarán en esta convocatoria a través de plataformas corporativas, de intermediación (Nisae) o de acceso público serán los siguientes: a) Estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social. b) Estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias, que se verificará con el departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Gipuzkoa. En el caso de que la persona o entidad educativa premiada se oponga a esta verificación, o por circunstancias ajenas al Ayuntamiento no pudiera obtenerse la información del modo indicado, será ella misma quién deba presentar la documentación. En el caso de que la documentación presentada esté incompleta, se deberá subsanar o aportar la documentación preceptiva en el plazo máximo de diez días a contar desde el día siguiente a la notificación del requerimiento efectuado por el Ayuntamiento. En caso contrario, se denegará la solicitud. Transcurrido el plazo concedido sin haber procedido a la subsanación, se le tendrá por desistido o desistida de su petición de subvención, archivándose ésta sin más trámite. 3. Importe de la subvención El presupuesto previsto para la financiación de las ayudas establecidas en las bases es de 780,00€ que se encuentra previsto en la partida presupuestaria 0240.480.334.20.03 4. Plazo y lugar de presentación de solicitudes MODO DE PRESENTACIÓN Grupo A: Deberá presentar obligatoriamente una copia del trabajo en formato digital (en formato JPG), pudiendo entregar al mismo tiempo una copia en formato físico. Los procedimientos de entrega de los trabajos son los siguientes: - Versión digital: Mediante correo electrónico en la dirección kultura@beasain.eus o presentándolo en un USB en la Oficina de Atención a la Ciudadanía. - Versión física: En la Oficina de Atención a la Ciudadanía. Grupo B: Los trabajos se depositarán en la oficina del subárea de Cultura. Todos los trabajos de los dos grupos deberán ser entregados antes de las 23:59…
Organismo convocante
BEASAIN — AYUNTAMIENTO DE BEASAIN
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 4 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 22 de marzo de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas |
| Última actualización BD | 2 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 780 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Plan general de subvenciones 2026-2028