Ayudas para la pintura de fachadas de viviendas situadas en el casco histórico
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA PINTURA DE FACHADAS DE VIVIENDAS SITUADAS EN EL CASCO HISTÓRICO.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 30.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de noviembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de manera competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 30 de noviembre de 2026 y tu proyecto se comparará con los de los demás, así que cumplir los requisitos no garantiza que la recibas. El objetivo es financiar la pintura de la fachada de tu vivienda situada en el casco histórico de Picanya, siempre que la casa esté habitada, cumpla la normativa urbanística y no hayas recibido la misma subvención en los últimos cinco años. El dinero se entrega como una subvención sin devolver.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias de las ayudas de esta convocatoria, los propietarios de viviendas que cumplan los siguientes requisitos: a. Tratarse de viviendas situadas en el casco histórico (Zona A del PGOU). b. Estar habitadas. c. Cumplir con la normativa urbanística establecida en el PGOU o no dificultar las actuaciones urbanísticas previstas. d. Tener las características de habitabilidad después de las actuaciones programadas. e. Haber pasado más de 5 años desde que se solicitó la última vez la subvención de embellecimiento de fachadas. Segundo. Objeto. La convocatoria tiene por objeto articular ayudas para el embellecimiento de las fachadas de las viviendas del casco histórico, intentando conseguir una plena integración de las mismas en el conjunto de los edificios de la zona. Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza General de subvenciones (se puede consultar en la sede electrónica del ayuntamiento) y aquello previsto en la propia convocatoria. Cuarto. Cuantía. La cantidad a percibir será la menor de estas dos cantidades: a. El doble del importe del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). b. La mitad del coste de los trabajos a realizar en la fachada. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en la base nacional de subvenciones y hasta el 30 de noviembre de 2026. Sexto. Otros datos. Documentación a presentar: a. Presupuesto de la actuación a realizar (del año en curso). b. Fotografías de la fachada a intervenir, previa a los trabajos a realizar. c. Declaración responsable donde se declare la no concurrencia de subvenciones para el mismo objeto y en el importe concurrente. e. Siempre que sea necesaria la instalación de andamios o máquina elevadora se requerirá la presentación de la correspondiente declaración responsable de obras con ocupación de vía pública. d. Certificado de titularidad de la cuenta.
Organismo convocante
PICANYA — AYUNTAMIENTO DE PICANYA
Ámbito
Valencia / València
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 9 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | 98 - Actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio |
| Última actualización BD | 31 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 30.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES