Subvenciones a Asociaciones, Grupos y Entidades de Huelva para el ejercicio 2026
Denominación oficial: Convocatoria de Subvenciones a Asociaciones, Grupos y Entidades de Huelva para el ejercicio 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Huelva. Presupuesto: 180.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Objeto. 1. El objeto de esta normativa es la regulación de la concesión de subvenciones por concurrencia competitiva, dentro de los límites aprobados en los Presupuestos Municipales, a las asociaciones, grupos y entidades que sin fin de lucro trabajen en el términomunicipal de Huelva, en el campo de la promoción de personas y/o grupos con un carácter voluntario que inciden en la política social para conseguir un incremento de calidad de vida a través de la solidaridad.2. Estas subvenciones tienen por objeto: 2.1. Promover una mayor participación de los ciudadanos en la dinámica colectiva a través del asociacionismo.2.2. Promocionar el Asociacionismo y las iniciativas ciudadanas de especial interés.2.3. Promover servicios de interés ciudadano apoyando la estructura de las AA.VV y de las demás asociaciones que actúen en el ámbito territorial de la ciudad.2.4. Apoyar innovaciones y alternativas a los procedimientos de respuesta social existentes ante determinadas problemáticas.2.5. Prestar servicios bien a los propios asociados bien irradiando a la población en general.2.6. Apoyar la defensa de los intereses colectivos o de grupos particulares.2.7. Fomentar la solidaridad, el voluntariado, el pluralismo y la cultura, así como la iniciativa social. Segundo. Solicitantes. Podrán solicitar subvenciones:1. Las asociaciones y federaciones de asociaciones acogidas a la legislación vigente en materia de asociacionismo que tengan su sede y actúen en el municipio de Huelva y se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Entidades ciudadanas, tal como se recoge en el Reglamento de Participación Ciudadana, quedando exceptuados los proyectos de cooperación internacional, las asociaciones deportivas y cualquier otra acogida a convenios específicos con este Ayuntamiento o que cuenten su propia convocatoria pública. Tercero. Modalidades.Las modalidades de subvención establecidas serán las siguientes:1. Mantenimiento. Destinadas a sufragar los gastos corrientes de funcionamiento de las sedes sociales de las asociaciones. Los gastos a subvencionar son:- Comunidad, alquiler y seguro.- Reparaciones básicas de electricidad, pintura, fontanería o carpintería, etc.- Gastos de limpieza de la sede o local de la asociación.- Material de protección individual frente a enfermedades infecciosas (guantes, gel hidroalcohólico, mascarillas, etc.).- Teléfono y conexión a internet.- Consumo de agua, electricidad y recogida de basuras.- Gastos derivados del alojamiento y dominio web propios de la asociación.- Material de oficina y postal.- Seguros de responsabilidad civil y/o accidentes.- Gastos de asesoría. - Instalación y revisión de extintores. 2. Equipamiento. Destinadas a la adquisición de materiales informáticos, mobiliario, etc., necesarios para el desarrollo de las actividades propias de cada Asociación, con un máximo de 600 € anuales para esta modalidad, no pudiendo superar individualmente cada bien los 300 € con el IVA incluido.3. Actividades. Destinadas a la realización de acciones específicas dentro de las competencias de las asociaciones y en un plazotemporal determinado, dirigidas al fomento de la Participación Ciudadana en la ciudad, mediante acciones formativas, culturales, convivenciales, etc. Cuarto. Convocatoria. 1. Anualmente, el Ayuntamiento de Huelva, hará una convocatoria pública dentro de los primeros meses del año, donde se establecerá:- Plazo y procedimiento de presentación de solicitudes.- Las modalidades de subvención.- Los requisitos específicos, y si fuese necesario documentación complementaria a presentar.- Los criterios de valoración.- Plazo para acreditar el cumplimiento de la finalidad de la subvención y documentación justificativa.- La normativa específica que resulta de aplicación.- Plazos en los que se hará pública la relación de subvenciones concedidas. 2. Esta convocatoria será pública de la manera reglamentaria correspondiente y podrá ser publicada en los diarios de mayor tirada de la ciudad. Quinto. Procedimiento de solicitud.1. Las solicitudes de las ayudas incluidas en la presente convocatoria y documentación que la acompañe, así como cualesquiera otros documentos o peticiones relacionadas con la presente convocatoria, se presentarán, conforme al modelo incluido en el Anexo I de estas Bases, en la sede electrónica de acceso al Registro Electrónico del Ayuntamiento de Huelva (https://sede.huelva.es), conforme al artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, e irán dirigidas a la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Huelva.La identificación de los interesados y entidades solicitantes en la sede electrónica se efectuará a través del certificado digital de dichas entidades.Los modelos anexos estarán disponibles en la página web del ayuntamiento de Huelva y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).2. La solicitud para participar en el presente procedimiento habrá de presentarse en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva del extracto de la convocatoria remitido por la Base de Datos Nacional de subvenciones. De dicha publicación se dará información en el Portal de Internet del Ayuntamiento de Huelva (www.huelva.es).3. La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causas de inadmisión. Sexto. Documentación a aportar. 1. La solicitud normalizada (Anexo 1) incorporará la siguiente información y documentación:a) Los datos identificativos de la entidad interesada:- Fotocopia del DNI/NIE del representante.- Fotocopia del acta de elección de la persona representante o certificado del Registro de asociaciones de la Junta de Andalucía de la Junta Directiva. - Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, la Hacienda Estatal y la Hacienda Autonómica.b) Asimismo, se incluirá los siguientes…
Organismo convocante
HUELVA — AYUNTAMIENTO DE HUELVA
Ámbito
Huelva
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 11 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 2 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 180.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
Presupuestos Municipales 2026