Resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a los albergues de peregrinos de Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega gestionados por entidades sin ánimo de lucro
Denominación oficial: Resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a los albergues de peregrinos de Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega gestionados por entidades sin ánimo de lucro.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CANTABRIA. Presupuesto: 32.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios. Asociaciones, entidades religiosas y otras entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Cantabria, inscritas en el correspondiente Registro administrativo, titulares de albergues de peregrinos del Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega, definidos mediante Acuerdos del Consejo de Gobierno, de 15 de octubre de 2015 (Boletín Oficial de Cantabria de 27 de octubre de 2015, EXT. Núm. 82). Las citadas entidades deberán acreditar, a través de la oportuna declaración responsable, que llevan a cabo proyectos de acción social o cooperación internacional. Segundo. Finalidad. a) Obras en materia de insonorización horizontal y vertical, inclusive ventanas y miradores, conforme a la normativa vigente en la materia. b) Obras en materia de accesibilidad para personas con movilidad reducida. c) Instalación de sistemas de climatización y/o aire acondicionado. d) Obras de reforma, mejora y acondicionamiento de las unidades alojativas que garanticen la mejora de la prestación del servicio. Quedan incluidos los baños y el cambio de sanitarios. e) Instalación y equipamiento de sistemas de automatización de instalaciones (domótica) y de eficiencia energética. Queda incluido la instalación de placas solares. f) Obras de reforma y mejora de cocinas, incluido mobiliario, maquinaria y menaje. g) Instalación de tecnología wifi con acceso desde las unidades alojativas y zonas de uso común. h) Obras de acondicionamiento y reforma de las cubiertas. i) Gastos derivados de la redacción de proyectos de obra y/o reforma de las instalaciones. j) Gastos derivados del cambio de instalaciones eléctricas y de fontanería. k) Adquisición de elementos de mobiliario, enseres, dotación y equipamiento para las unidades alojativas, que garanticen una mejora en la prestación del servicio de hospitalidad en el albergue. Tercero. Bases Reguladoras. Orden INN/40/2017, de 12 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a los albergues de peregrinos del Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega gestionados por entidades sin ánimo de lucro (BOC nº 184, de 25 de septiembre de 2017). Cuarto. Importe. La dotación económica de la convocatoria de subvenciones será de 32.000 €. El importe de la subvención no será superior al 90% del importe de la inversión subvencionada y en ningún caso superará la cuantía máxima convocada. En todo caso, la citada ayuda deberá ser ponderada de acuerdo con los siguientes criterios de valoración previstos en el dispositivo sexto de la resolución de convocatoria: a) Inversiones menores de 50.000 € (IVA incluido): 25 puntos. b) Inversiones mayores o iguales a 50.000 €: 35 puntos. c) Acciones que contribuyan a la sostenibilidad del proyecto en el consumo responsable de los recursos naturales, minimizando la generación de residuos y reciclado de los producidos en búsqueda de un menor impacto medioambiental: 25 puntos. La intensidad de la ayuda se calculará del siguiente modo: - 25 puntos: 75% del importe de la inversión subvencionada. - 35 puntos: 80% del importe de la inversión subvencionada. - 50 puntos: 85% del importe de la inversión subvencionada. - 60 puntos: 90% del importe de la inversión subvencionada. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Cantabria. Sexto. Documentación. La solicitud de subvención, se formulará en el modelo oficial que figura como Anexo de la Resolución de Convocatoria, dirigida al Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, irá firmada por el representante legal de la entidad solicitante y se acompañará de la documentación señalada en el apartado quinto de la Resolución de Convocatoria
Organismo convocante
CANTABRIA — CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
Ámbito
CANTABRIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 12 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 9 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 32.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases reguladoras de las subvenciones destinadas a los albergues de peregrinos del Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega gestionados por entidades sin ánimo de lucro.