BSF/ /2026, de -de--, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas individuales de pago directo a las familias para atención temprana , año 2026
Denominación oficial: ORDEN BSF/ /2026, de -de--, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas individuales de pago directo a las familias para atención temprana , año 2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 10.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
MODELO EXTRACTO PARA PUBLICACION A TRAVES DE LA BASE DE DATOS NACIONAL DE SUBVENCIONES EN EL BOLETIN OFICIAL DE ARAGON. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones (http:/www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). Primero. - Beneficiarios. Personas menores empadronados en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, con edades comprendidas entre 0 y 6 años, que tengan reconocida la necesidad de atención temprana por el correspondiente equipo de valoración de Atención Temprana de los Centros de Atención a la Discapacidad del Instituto Aragonés de Servicios Sociales y que sean solicitantes de plaza en la red pública de centros de atención temprana o de prestacion del servicio por un equipo itinerante y estar o haber estado a la espera de tratamiento. Segundo. - Objeto. La finalidad de estas ayudas de carácter individual es dar una respuesta rápida por parte del equipo técnico que ha determinado la Inclusión de la persona menor de edad en el programa de Atención Temprana, y no existe disponibilidad de plaza o recurso de la red pública, siendo necesario iniciar el tratamiento a la mayor brevedad posible otorgando una ayuda económica a la familia para afrontar el pago de esta atención, de modo que no se quede ningún menor sin atender. Las ayudas financiarán los gastos producidos desde el 16 de noviembre de 2025 hasta el 1 de abril de 2026. Tercero. - Bases reguladoras. Las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, aprobadas por Orden CDS/329/2023, de 21 de marzo, y el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón. Cuarto. -Cuantía. Las ayudas se financiarán con cargo a los presupuestos del Instituto Aragonés de Servicios Sociales de 2026. Las aplicaciones presupuestarias, por un importe estimado de diez mil euros (10.000 EUROS) son las expuestas a continuación: Aplicaciones presupuestarias: 53010 G/3132/480159/91002. Quinto. -Plazo de presentación de solicitudes. . El plazo de presentación de las solicitudes se abre con la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Aragón, y finalizará veinte días hábiles, a contar, desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Aragón , de acuerdo al artículo 21 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón. Sexto: Otros datos. Las solicitudes deberán ir acompañadas de un informe de la entidad o del profesional que realiza el tratamiento, presupuesto y en su caso facturas de los gastos realizados y justificante de abono de los tratamientos recibidos.
Organismo convocante
ARAGÓN — SERVICIOS CENTRALES IASS
Ámbito
ARAGON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 16 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES |
| Última actualización BD | 16 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 10.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden CDS/329/2023, de 21 de marzo, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito del Instituto Aragonés de Servicios Sociales