No disponibleAutonómicaServ. sociales

BSF/ /2026, de -de--, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas individuales de pago directo a las familias para atención temprana , año 2026

Denominación oficial: ORDEN BSF/ /2026, de -de--, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas individuales de pago directo a las familias para atención temprana , año 2026.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 893221

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ARAGON. Presupuesto: 10.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

MODELO EXTRACTO PARA PUBLICACION A TRAVES DE LA BASE DE DATOS NACIONAL DE SUBVENCIONES EN EL BOLETIN OFICIAL DE ARAGON. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones (http:/www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). Primero. - Beneficiarios. Personas menores empadronados en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, con edades comprendidas entre 0 y 6 años, que tengan reconocida la necesidad de atención temprana por el correspondiente equipo de valoración de Atención Temprana de los Centros de Atención a la Discapacidad del Instituto Aragonés de Servicios Sociales y que sean solicitantes de plaza en la red pública de centros de atención temprana o de prestacion del servicio por un equipo itinerante y estar o haber estado a la espera de tratamiento. Segundo. - Objeto. La finalidad de estas ayudas de carácter individual es dar una respuesta rápida por parte del equipo técnico que ha determinado la Inclusión de la persona menor de edad en el programa de Atención Temprana, y no existe disponibilidad de plaza o recurso de la red pública, siendo necesario iniciar el tratamiento a la mayor brevedad posible otorgando una ayuda económica a la familia para afrontar el pago de esta atención, de modo que no se quede ningún menor sin atender. Las ayudas financiarán los gastos producidos desde el 16 de noviembre de 2025 hasta el 1 de abril de 2026. Tercero. - Bases reguladoras. Las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, aprobadas por Orden CDS/329/2023, de 21 de marzo, y el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón. Cuarto. -Cuantía. Las ayudas se financiarán con cargo a los presupuestos del Instituto Aragonés de Servicios Sociales de 2026. Las aplicaciones presupuestarias, por un importe estimado de diez mil euros (10.000 EUROS) son las expuestas a continuación: Aplicaciones presupuestarias: 53010 G/3132/480159/91002. Quinto. -Plazo de presentación de solicitudes. . El plazo de presentación de las solicitudes se abre con la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Aragón, y finalizará veinte días hábiles, a contar, desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Aragón , de acuerdo al artículo 21 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón. Sexto: Otros datos. Las solicitudes deberán ir acompañadas de un informe de la entidad o del profesional que realiza el tratamiento, presupuesto y en su caso facturas de los gastos realizados y justificante de abono de los tratamientos recibidos.

Organismo convocante

ARAGÓN — SERVICIOS CENTRALES IASS

Ámbito

ARAGON

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación16 de marzo de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Última actualización BD16 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total10.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden CDS/329/2023, de 21 de marzo, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito del Instituto Aragonés de Servicios Sociales