Abierta · quedan 118 díasLocalCultura

Subvención 2026 concesión directa a entidades festivas y culturales

Denominación oficial: SUBVENCIÓN 2026 CONCESIÓN DIRECTA A ENTIDADES FESTIVAS Y CULTURALES.

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 118 días
Código BDNS 893512

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Murcia. Presupuesto: 96.500 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta subvención ya está adjudicada, no es una convocatoria abierta. El Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz ha destinado 96 500 euros a una entidad festiva o cultural; la información aparece solo por transparencia. No puedes presentar solicitud ni hay plazo para hacerlo, aunque en la ficha figura el 31 de diciembre de 2026 como fecha límite de presentación. La ayuda consiste en una entrega de dinero sin que tengas que devolverlo, destinada a proyectos culturales en la zona de Murcia.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Organismo convocante

CARAVACA DE LA CRUZ — AYUNTAMIENTO DE CARAVACA DE LA CRUZ

Ámbito

Murcia

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación17 de marzo de 2026
Fecha inicio de solicitudes1 de enero de 2026
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadCultura
Sector económico91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales
Última actualización BD31 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total96.500 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES REGULADORAS EJERCICIO 2026.

Bases reguladoras ↗