DE24 DE MARZO 2026 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A ATENDER NECESIDADES ASISTENCIALES Y SITUACIONES DE EXTREMA NECESIDAD DE ANDALUCES EN EL EXTRANJERO 2026
Denominación oficial: ORDEN DE24 DE MARZO 2026 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A ATENDER NECESIDADES ASISTENCIALES Y SITUACIONES DE EXTREMA NECESIDAD DE ANDALUCES EN EL EXTRANJERO 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 100.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (Identif.): XXXXXX De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el presente BOJA (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/). Primero. Se convocan para el ejercicio 2026, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, con cargo a los créditos presupuestarios que se indican: POSICIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN IMPORTE 1600.01.0000-G/82 A/487.02/ A familias e instituciones sin fines de lucro. Asistencia Comunidades Andaluzas 100.000 euros Segundo. Beneficiarios. Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades fuera de territorio español. Tercero. Objeto. La finalidad prevista es mejorar la calidad de vida de las personas andaluzas en situación de extrema necesidad, residentes en países extranjeros. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de junio de 2021 (BOJA Número 109, de 9 de junio de 2021) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero. Quinto. Cuantía. La dotación se refleja en el cuadro del apartado primero, clasificada por las aplicaciones económicas correspondientes según el tipo de entidades a las que van dirigidas las ayudas, ampliable en los términos establecidos en la Orden de Convocatoria. La cuantía máxima subvencionada será de 40.000 euros por solicitud. Sexto. Lugar y plazo de solicitud. Las solicitudes se presentarán en los lugares y registros establecidos en las bases reguladoras, conforme a los formularios Anexo I, e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Andalucía Global. El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto según lo previsto en la Orden de Convocatoria. Séptimo. Plazo resolución. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de seis meses contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, según lo establecido en el apartado 16 del cuadro resumen de las bases reguladoras. Octavo. Otros datos. Los formularios para la solicitud y para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, aceptación y presentación de documentos, así como demás datos necesarios, figuran publicados en el presente BOJA, con la resolución de la convocatoria.
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 17 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 28 de marzo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 28 de abril de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 2 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 100.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 2 de junio de 2021, por la que se establecen las b.r.para la concesión de subv.a entidades sin ánimo de lucro,en rég.de conc. comp., atención necesidades asistenciales y situaciones de extr. necesidad de personas and. residentes extranjero