Asociaciones vecinales y entidades ciudadanas
Denominación oficial: ASOCIACIONES VECINALES Y ENTIDADES CIUDADANAS
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 30.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención en dinero para apoyar iniciativas culturales de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro en Torrent, Valencia. Se concede mediante concurso: tienes que presentar la solicitud antes del 31/12/2026, y todas las peticiones se comparan; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El importe total disponible es de 30.000 euros y se otorga sin exigir devolución. Está dirigida a personas físicas y jurídicas que no desarrollen actividad económica.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Objeto, condiciones y finalidad. El Ayuntamiento de Torrent, a través de la Delegación de Participación Ciudadana y dentro del fomento de la participación ciudadana convoca procedimiento de concesión de subvenciones mediante concurrencia competitiva, con los siguientes objetivos: ? Impulsar y estimular las nuevas iniciativas y actividades del movimiento asociativo en Torrent, por considerar que las asociaciones contribuyen a la articulación de la participación social a través de la puesta en marcha de numerosos proyectos incardinados en el beneficio de la ciudadanía. ? Por otro lado, se quiere recuperar el tejido social asociativo, incluyendo actividades encaminadas a poner en valor proyectos sociales, benéficos, formativos o los que estimen oportunos, incluso, por formar parte del motor de la reactivación de la economía local, a través de las empresas y los comercios de nuestra ciudad. ? Incentivar la dinamización social con el ejercicio de actividades de carácter cívico o social dirigidas a mejorar la calidad de vida de la ciudadanía. ? Promover la participación en el ámbito institucional municipal y el fomento de una conciencia cívica de participación ciudadana. ? Articular la colaboración entre la administración y los particulares para la cogestión de actividades que reviertan en la ciudadanía del municipio. ? El principio de igualdad entre hombres y mujeres. ? Promover actividades de participación y colaboración del mundo asociativo con colectivos de personas con discapacidad para llevar a cabo varios proyectos en común. ? Fomentar la cooperación interasociativa y potenciar el trabajo en red y la colaboración entre entidades asociativas para el éxito de intereses comunes y de optimización de recursos, medios e información. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria las siguientes actividades: 1.- Las que obtengan subvención por parte de otra concejalía y las que, por su naturaleza u objetivo, puedan acogerse a otras convocatorias de subvención realizadas por el Ayuntamiento de Torrente, excepto las que por su proyecto esté directamente relacionado o se encuadren dentro del ámbito de la Participación Ciudadana. 2.- Las que, a juicio del órgano colegiado de valoración, tienen escasa relevancia y/o no tengan interés general. Las presentes bases se desarrollan en el marco del vigente Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento 2024-2026, aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de febrero de 2024, dentro de la línea estratégica de fomentar la unidad el tejido asociativo (4.11.- Impulsar y estimular nuevas iniciativas y actividades del movimiento asociativo). Segundo. Requisitos para ser beneficiario y obligaciones. Podrán acogerse a esta convocatoria todas las asociaciones legalmente constituidas del municipio de Torrent que cumplan los siguientes requisitos: 1. Figurar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Torrent, con anterioridad a la publicación de esta convocatoria y tener actualizados sus datos en el citado registro, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Torrent. 2. Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Torrent. 3. Haber justificado correctamente las subvenciones concedidas en años anteriores por el Ayuntamiento de Torrent. 4. No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los beneficiarios de las subvenciones estarán obligados al cumplimiento de las disposiciones que señala el artículo 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las que, específicamente se relacionan a continuación: a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención. b) Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determina la concesión o disfrute de la subvención. c) Comunicar al Ayuntamiento la obtención otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación tendrá que efectuarse cuando se realice, y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la subvención que se conceda. d) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y otros documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así cuántos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con el fin de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. f) Dar publicidad del carácter público de la financiación por parte del ayuntamiento de Torrent de las inversiones o actuaciones objeto de la subvención. g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos que contempla el artículo 37 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero. Bases reguladoras. Las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a las Asociaciones Vecinales y Entidades Ciudadanas ejercicio 2026, han sido aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 16 de marzo de 2026. Están publicadas en la página web del Ayuntamiento de Torrent: https://torrent.es/ayudas-y-subvenciones/todas-las-ayudas-y-subvenciones/ Cuarto. Plazo y forma de presentación de la solicitud y justificación. Las solicitudes, de conformidad con lo establecido en el artículo…
Organismo convocante
TORRENT — AYUNTAMIENTO DE TORRENT
Ámbito
Valencia / València
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 20 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de febrero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 14 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 30.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ASOCIACIONES VECINALES Y ENTIDADES CIUDADANAS 2026