Ayudas individuales de desplazamiento obligatorio para el curso 2026-2027
Denominación oficial: AYUDAS INDIVIDUALES DE DESPLAZAMIENTO OBLIGATORIO PARA EL CURSO 2026-2027
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Barcelona, Girona. Presupuesto: 44.628 €. Se puede solicitar hasta el 31 de mayo de 2027. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir, es decir, la puede solicitar cualquiera que cumpla los requisitos y mientras haya fondos disponibles. Es una subvención en efectivo para personas que no tengan actividad económica y necesiten desplazarse obligatoriamente por motivos educativos en el curso 2026‑2027. El ámbito de actuación son los municipios de Barcelona y Girona. El importe total asignado es de 44 628 euros y la solicitud debe presentarse antes del 31 de mayo de 2027.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
CONSELL COMARCAL DE OSONA
Ámbito
Barcelona, Girona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Territorios donde se puede solicitar (2)
Plazos
| Fecha de publicación | 24 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de mayo de 2027 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 7 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 44.628 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ARTICLE 3 DECRET 160/1996