No disponibleNacionalOtras ayudas

ANULADA Premio a la jubilación del personal del Departamento jubilado en el año 2025

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 895688

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 324.260 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Objeto: Convocar premios por jubilación al personal del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible jubilado durante el año 2025. Segundo. Normativa aplicable: Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y por la Orden FOM/298/2008, de 31 de enero, por la que se establecen las bases de concesión de premios por jubilación del personal del Departamento, modificada por Orden FOM/1851/2014, de 30 de septiembre. Tercero. Beneficiarios y beneficiarias: Podrán ser solicitantes y beneficiarias de este premio las personas que, prestando sus servicios en el MITMS (sin considerar organismos o entidades adscritas o dependientes de dicho Departamento) que se hayan jubilado en el año 2025 y reúnan las condiciones señaladas en el apartado tercero y las relativas a la compatibilidad e incompatibilidad referidas en el apartado séptimo, ambos de la Orden FOM/298/2008, de 31 de enero, por la que se establecen las bases de concesión de premios por jubilación del personal del Departamento, modificada por Orden FOM/1851/2014, de 30 de septiembre. No genera derecho a este premio la jubilación anticipada parcial. En estos supuestos se tendrá derecho al premio por jubilación una vez se produzca la jubilación completa. Los/as trabajadores/as que se encuentren en situación de incapacidad temporal revisable, deberán presentar justificación de situación de jubilación o de percepción de prestación de jubilación de Clases Pasivas o Seguridad Social. La presenta subvención será incompatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas e ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados nacionales, comunitarios o internacionales. Cuarto. Asignación presupuestaria y cuantía máxima de la subvención: A fecha de publicación de esta convocatoria se encuentra prorrogada la Ley 31/2022 de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.La aplicación presupuestaria es la 17.01.451N.486: “Premios por jubilación al personal del Departamento” por un importe de 324.260 euros. Quinto. Cuantía individual del premio En el supuesto de que las personas acogidas al régimen especial de la seguridad social de los funcionarios civiles del estado no presenten documento justificativo de la ayuda percibida por MUFACE serán excluidas. Sexto. Procedimiento de concesión: La ayuda se concederá previa petición de los interesados mediante los modelos de solicitud que se adjuntan en la Resolución y documento justificativo de la ayuda de MUFACE en su caso. Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria. Séptimo. Periodo de Subsanación: Se remitirán por correo electrónico a los solicitantes los listados provisionales de admitidos y excluidos. Esto iniciará el plazo de alegaciones y subsanación, que será de 10 días a partir del día siguiente a la publicación en intranet. Octavo.Resolución y publicación. .La presente convocatoria se resolverá en un plazo no superior a tres meses contados desde el día siguiente al de finalización de presentación de solicitudes. La Resolución de concesión, junto con el resultado de la convocatoria, será publicada, al menos en la intranet del Departamento y en tablón de anuncios. Noveno. Recursos: La resolución por la que se conceden los premios por jubilación pondrá fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de reposición en un mes ante el titular del Departamento o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en dos meses desde el día siguiente a publicación.

Organismo convocante

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE — SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

Ámbito

ESPAÑA

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación27 de marzo de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónNacional
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económico84.1 - Administración pública y de la política económica, social y medioambiental
Última actualización BD16 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total324.260 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ley de Presupuestos Generales del Estado 2026

Bases reguladoras ↗