De 31 de marzo de 2026, del MAPA, por la que se convocan las subvenciones del artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, destinadas la subvención del principal de créditos a titulares de explotaciones agrarias (BORRASCAS)
Denominación oficial: Orden de 31 de marzo de 2026, del MAPA, por la que se convocan las subvenciones del artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, destinadas la subvención del principal de créditos a titulares de explotaciones agrarias (BORRASCAS).
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: EXTREMADURA, ANDALUCIA. Presupuesto: 5,0 M€. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2027. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: la recibe quien cumpla los requisitos y la solicite, sin comparar su solicitud con otras, mientras haya fondos disponibles. Se trata de una subvención en efectivo, sin devolución, destinada a cubrir el principal de créditos a titulares de explotaciones agrarias, especialmente a pymes y a personas físicas que desarrollen actividades económicas en el sector agropecuario. El programa está abierto en Extremadura y Andalucía y cuenta con un presupuesto total de 5 millones de euros. La fecha límite para presentar la solicitud es el 30 de septiembre de 2027.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN — SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Ámbito
EXTREMADURA, ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Territorios donde se puede solicitar (2)
Plazos
| Fecha de publicación | 30 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2027 |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA |
| Última actualización BD | 16 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 5,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Subvenciones del artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, de bonificación del principal de operaciones de financiación formalizadas por operadores del sector agroalimentario y pesquero.
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2831 de minimis, General