Premios a deportistas de elite del municipio, ejercicio 2026
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE PREMIOS A DEPORTISTAS DE ELITE DEL MUNICIPIO, EJERCICIO 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 12.000 €. Se puede solicitar hasta el 15 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda consiste en un premio económico para deportistas de élite del municipio. Se concede a quien demuestre gran notabilidad deportiva y que compita a nivel provincial, autonómico, nacional o internacional. La convocatoria es competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 15 de septiembre de 2026 y tu proyecto se comparará con los demás; cumplir los requisitos no asegura recibir el dinero. El total disponible es 12.000 euros y se entrega sin obligación de devolución.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 26 de marzo de 2026, por la que se convocan los Premios a Deportistas de Élite del municipio para el ejercicio 2026. Primero.- Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estos premios los/las deportistas de élite que acrediten gran notabilidad deportiva atendiendo a sus resultados en competiciones oficiales, fundamentada en el alto nivel del deportista, cuyos objetivos principales sean desarrollar una competición deportiva oficial de ámbito provincial, autonómica, nacional o internacional reconocida por la federación deportiva correspondiente y que reúnan los siguientes requisitos en el plazo de presentación de solicitudes: 1.Beneficiarios: Podrán obtener la condición de beneficiarios/as de estas ayudas los/las deportistas de élite que acrediten gran notabilidad deportiva atendiendo a sus resultados en competiciones oficiales, fundamentada en el alto nivel del deportista, cuyos objetivos principales sean desarrollar una competición deportiva oficial de ámbito provincial, autonómica, nacional o internacional reconocida por la federación deportiva correspondiente y que reúnan los siguientes requisitos en el plazo de presentación de solicitudes: a) Tener la condición de deportista de élite en alguna de las listas de deportistas de élite de la Comunidad Valenciana publicadas en el DOGV y que no hayan perdido esta condición por alguna de las causas previstas en el artículo 6 del Decreto 13/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los deportistas de élite de la Comunitat Valenciana. b) Tener licencia federativa en vigor de una federación de la Comunidad Valenciana, en la modalidad deportiva correspondiente. c) Estar empadronado/a en el municipio de Burjassot. d) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería Territorial de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Burjassot. La acreditación del cumplimiento de la obligación de estar al corriente en las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Burjassot se realizará de oficio por el Ayuntamiento, mediante la expedición de certificación administrativa positiva, de conformidad con el artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones. e) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. f) Cumplir las condiciones establecidas en el art.8 de la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Ayuntamiento de Burjassot. 2.Obligaciones: a) Cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Ayuntamiento de Burjassot. b) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de los programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de esta subvención, en cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones: a. La resolución de concesión del premio incluirá las medidas de publicidad que se llevarán a cabo en cumplimiento de la obligación de dar la adecuada publicidad de carácter público de la financiación de actividades que sean objeto de la subvención, pudiendo consistir en la inclusión de la imagen institucional del Ayuntamiento, así como leyendas relativas a la financiación pública, en carteles, placas conmemorativas, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, en menciones realizadas en redes sociales y medios de comunicación, o en la asistencia a acto público de entrega de premio. c) Acreditar durante el periodo establecido en la presente convocatoria los resultados referidos en el artículo 6 de esta convocatoria. Segundo.- Objeto. 1. La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas económicas a deportistas de élite del municipio de Burjassot. 2. La finalidad de las ayudas es premiar a los/as deportistas de élite del municipio de Burjassot con incentivos económicos, en consideración a sus resultados deportivos y las exigencias en su preparación, y como contribución para alcanzar la adecuada tecnificación en su especialidad deportiva. 3. Las actividades objeto de la subvención serán las desarrolladas por los/as deportistas, atendiendo a los criterios establecidos en el artículo 6 de la presente convocatoria, desde el 1 de septiembre del 2025 hasta el 31 de agosto del 2026, con cargo a los presupuestos del presente ejercicio. Tercero.- Bases reguladoras. La Ordenanza General reguladora de subvenciones está publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 105, de 31 de mayo de 2024. https://transparencia.burjassot.org/wp-content/uploads/2024/06/anuncioboppublicaciondefinitivaordenanzasubvenciones.pdf Cuarto.- Cuantía. El importe de estas subvenciones se hará efectivo con cargo al crédito del presupuesto vigente de la Partida Municipal 341.48902 "Subvenciones Deportivas de Élite”. El importe máximo destinado a estas subvenciones será de 12.000 euros. Quinto.- Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 1 hasta el día 15 de septiembre de 2026, ambos inclusive. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Sexto.- Otros datos El texto íntegro de la convocatoria a la que se refiere el presente extracto puede consultarse en https://www.burjassot.org/
Organismo convocante
BURJASSOT — AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 31 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de septiembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | 93.1 - Actividades deportivas; 93.2 - Otras actividades recreativas y de entretenimiento |
| Última actualización BD | 7 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 12.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
APROBACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT