9 de Abril de de 2026, por la que se convocan subvenciones en régimen de conc no compet. Línea 2 Mantenimiento de puestos de trabajo de personas con dicapacidad en centros especiales de empleo, reguladas en la Orden de 21 de junio de 2024
Denominación oficial: Resolución de 9 de Abril de de 2026, por la que se convocan subvenciones en régimen de conc no compet. Línea 2 Mantenimiento de puestos de trabajo de personas con dicapacidad en centros especiales de empleo, reguladas en la Orden de 21 de junio de 2024
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 106,9 M€. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS: 897791 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA. Primero. Convocatoria. Se convoca para el ejercicio 2026, la concesión de las subvenciones reguladas en la Orden de 21 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo y en el mercado ordinario de trabajo. Segundo. Personas beneficiarias. 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1 de las bases reguladoras, podrán ser beneficiarios de las líneas 1, 2, 3 y 4 de subvenciones, los centros especiales de empleo que cumplan los requisitos comunes previstos en el artículo 3 y los requisitos específicos de cada línea de subvención establecidos en la correspondiente sección del capítulo II de las bases reguladoras. Si el centro estuviere incurso en un procedimiento de descalificación, no se dictará resolución hasta que haya concluido, en vía administrativa, el procedimiento de cancelación de la calificación como centro especial de empleo. 2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 de las bases reguladoras, podrán ser beneficiarias de las líneas 5 y 6 de subvenciones, las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado ordinario de trabajo, así como las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales que incorporen a personas trabajadoras con discapacidad como socios y socias, entendiéndose que las referencias a la contratación indefinida se extienden a la incorporación de personas socias trabajadoras, que cumplan los requisitos comunes previstos en el artículo 3 y los requisitos específicos de cada línea de subvención establecidos en la correspondiente sección del capítulo III de las bases reguladoras. Tercero. Objeto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de las bases reguladoras, estas subvenciones tienen por objeto fomentar la inclusión laboral y el mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido, así como fomentar su inserción laboral en el mercado ordinario de trabajo. Cuarto. Bases reguladoras. Orden 21 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo y en el mercado ordinario de trabajo. Quinto. Financiación y cuantía de la subvención. 1. Las subvenciones objeto de esta convocatoria se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes con cargo a los créditos del presupuesto de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, correspondientes a las siguientes partidas presupuestarias, y con una cuantía máxima de ciento diez millones de euros (110.000.000 euros): a) Línea 1. Subvención a la inversión fija vinculada a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en centros especiales de empleo. PARTIDAS PRESUPUESTARIAS PRESUPUESTO 2026 1400180000 G/32K/76000/00 S0574 2024001257 1.000,00 € 1400180000 G/32K/77000/00 S0574 2023000296 787.000,00 € 1400180000 G/32K/78000/00 S0574 2023000298 99.300,00 € TOTAL 887.300,00 € b) Línea 2. Subvención al mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en centros especiales de empleo. PARTIDAS PRESUPUESTARIAS PRESUPUESTO 2026 1400180000 G/32K/46008/00 S0574 850.000,00 € 1400180000 G/32K/47008/00 S0574 96.809.600,00 € 1400180000 G/32K/48008/00 S0574 9.280.000,00 € TOTAL 106.939.600,00 € c) Línea 3. Subvención a la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas en centros especiales de empleo. PARTIDAS PRESUPUESTARIAS PRESUPUESTO 2026 1400180000 G/32K/76001/00 S0574 2024001257 1.000,00 € 1400180000 G/32K/77001/00 S0574 2023000296 32.500,00 € 1400180000 G/32K/78001/00 S0574 2023000298 13.300,00 € TOTAL 46.800,00 € d) Línea 4. Subvención para financiar las unidades de apoyo en centros especiales de empleo. PARTIDAS PRESUPUESTARIAS PRESUPUESTO 2026 1400180000 G/32K/46006/00 S0574 17.193,00 € 1400180000 G/32K/47006/00 S0574 1.389.532,00 € 1400180000 G/32K/48006/00 S0574 106.875,00 € TOTAL 1.513.600,00 € e) Línea 5. Subvención a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo. PARTIDAS PRESUPUESTARIAS PRESUPUESTO 2026 1400180000 G/32K/47003/00 S0574 552.000,00 € 1400180000 G/32K/48003/00 S0574 39.000,00 € TOTAL 591.000,00 € f) Línea 6. Subvención a la eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo. PARTIDAS PRESUPUESTARIAS PRESUPUESTO 2026 1400180000 G/32K/77002/00 S0574 2023000296 13.200,00 € 1400180000 G/32K/78002/00 S0574 2023000298 8.500,00 € TOTAL 21.700,00 € La distribución estimada por provincia se indica en el resuelve séptimo de la Resolución de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial por la que se convoca la concesión de estas líneas de subvención. 2. El importe anual correspondiente a cada persona beneficiaria por línea de subvención será la siguiente: a) Línea 1: Hasta 15.000 euros, que se graduará en función de lo previsto en el artículo 8 de las bases reguladoras, por cada nueva contratación indefinida o por cada transformación en indefinido de contratos temporales o de duración determinada que se realicen con personas con discapacidad. b) Línea 2: Un porcentaje sobre el coste real derivado de la prestación efectiva de…
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 9 de abril de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 16 de abril de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de mayo de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO |
| Última actualización BD | 23 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 106,9 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 21 de junio de 2024, por la que se aprueban las BR, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros espediales de empleo y en el mercado ordinario de trabajo