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Ayudas para ayuntamientos y asociaciones sin animo de lucro organizadores de festivales de cine en la provincia de Zaragoza. 2026

Denominación oficial: AYUDAS PARA AYUNTAMIENTOS Y ASOCIACIONES SIN ANIMO DE LUCRO ORGANIZADORES DE FESTIVALES DE CINE EN LA PROVINCIA DE ZARAGOZA. 2026

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 898090

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Zaragoza. Presupuesto: 238.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Primero: Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Ayuntamientos de la provincia de Zaragoza que pertenezcan a municipios que cuenten con una población inferior a 50.000 habitantes, de acuerdo con los datos del último padrón actualizado, y asociaciones con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, con domicilio social en en municipios de la provincia de Zaragoza cuya población sea inferior a 50.000 habitantes , inscritas en el correspondiente Registro Público de Asociaciones y que cuenten con el correspondiente certificado de representante de persona jurídica emitido por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre. Segundo: Finalidad Esta convocatoria de ayudas, que se convoca en régimen de concurrencia competitiva, tiene por objeto apoyar la organización de festivales de cine realizados en el territorio de la provincia de Zaragoza por asociaciones inscritas en un Registro Público de asociaciones y por Ayuntamientos de nuestra provincia que sean de interés para el panorama cultural provincial, y que se desarrollen desde el 8 de noviembre de 2025 hasta el 8 de noviembre de 2026. Se entiende por ?FESTIVAL?, a efectos de esta convocatoria, el ?conjunto de actividades que de manera programática y unitaria dediquen especial atención a la programación, promoción y exhibición del cine, así como a películas de animación, cortometrajes, documentales y largometrajes que se lleven a cabo durante un periodo de tiempo concreto, no formando parte la programación regular de un espacio determinado?. ? Se consideran EXCLUIDOS: a) Galas, certámenes y entregas de premios no relacionados con la programación de un festival. b) Programación regular de un espacio determinado. c) Actuaciones de mera exhibición de películas y proyecciones de cine no incluidas en la programación de un festival. d) Actividades culturales no relacionadas directamente con el objeto y la finalidad de la subvención. Solamente se subvencionará un proyecto por peticionario. En caso de que el solicitante presente más de uno, solo podrá ser subvencionado, por orden de prelación, el presentado en primer lugar en el registro de entrada. La Diputación Provincial de Zaragoza no se hace responsable del contenido de las obras exhibidas, del cual únicamente responde la entidad que lo proyecta. Tercero: Bases Reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones de Diputación Provincial de Zaragoza (BOPZ nº 99 de fecha 4 de mayo de 2016). Cuarto: Importe. El crédito para esta convocatoria será el previsto en el ejercicio presupuestario de 2026 por un importe total de 238.000 euros. Se distribuirán con arreglo a este esquema: Aplicación presupuestaria 32200/33400/4620700 (RC n.º 2969) por 138.000 euros para subvencionar a Ayuntamientos organizadores de Festivales de Cine. Aplicación presupuestaria 32200/33400/4890700 (RC n.º 2968) por 100.000 euros para subvencionar a Entidades sin ánimo de lucro con personalidad juridica propia organizadores de Festivales de Cine y que cumplan todos los requisitos establecidos en las normas de la Convocatoria. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para que las solicitudes puedan acogerse a esta convocatoria será de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPZ. Las normas de la convocatoria, junto con los anexos, están disponibles en la Sede Electrónica y en el Portal de Transparencia de la de la Diputación Provincial de Zaragoza, y podrán consultarse en la página web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Función Pública (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la pérdida de la subvención concedida además de otras medidas que para el caso pueda arbitrar la Diputación de Zaragoza.

Organismo convocante

DIPUTACIÓN PROV. DE ZARAGOZA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA

Ámbito

Zaragoza

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación10 de abril de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualización BD23 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total238.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACION PROVINCIAL DE ZARAGOZA 2024

Bases reguladoras ↗