De 06 de abril de 2026, por la que se convocan las Subvenciones de ayudas de acción social para Asociaciones, Fundaciones, Instituciones y Organismos relacionados con el Ejército del Aire y del Espacio para el año 2026.
Denominación oficial: Orden de 06 de abril de 2026, por la que se convocan las Subvenciones de ayudas de acción social para Asociaciones, Fundaciones, Instituciones y Organismos relacionados con el Ejército del Aire y del Espacio para el año 2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 98.200 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Podrán optar a estas subvenciones las entidades relacionadas con el Ejército del Aire y del Espacio (EA) que acrediten su carácter altruista, sin ánimo de lucro, no reivindicativo, y que no desarrollen actividades de cualquier índole, incompatibles con la neutralidad política que legalmente viene impuesta a las Fuerzas Armadas (FAS) y con los valores democráticos y constitucionales. Segundo. Objeto: Conceder subvenciones de ayudas de acción social a entidades cuyos fines estén relacionados con el personal militar retirado, cónyuges viudos y huérfanos, adscritos a la acción social del Ejército del Aire y del Espacio, y que dediquen las subvenciones a apoyar a aquellos que se encuentren en situación de discapacidad, de gran necesidad o con bajos ingresos. Tercero. Bases Reguladoras: Conforme a lo dispuesto en la Orden DEF/125/2021, de 5 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de ayudas de acción social a entidades relacionadas con las Fuerzas Armadas (BOE núm. 39, de 15 de febrero de 2021), modificada por la Disposición Final Primera de la Orden DEF/599/2021, de 9 de junio (BOE núm. 142, de 15 de junio de 2021). Cuarto. Cuantía: El crédito presupuestado al que se imputa el gasto es de 98.200 euros, con cargo a la aplicación 1401121M248500, de “Apoyo a Organismos e Instituciones relacionadas con las FAS”. Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes: Se establecen quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, como plazo de finalización de presentación de solicitudes. Sexto: Otros datos: Las solicitudes, junto con la documentación preceptiva que justifique el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria y que aporte la información necesaria para la valoración y ponderación, deberán ser presentados por la entidad solicitante mediante medios electrónicos, en la sede electrónica central del Ministerio de Defensa (https://sede.defensa.gob.es) o en la sede electrónica del Registro General del Cuartel General del EA, e irán dirigidos a la Subdirección de Asistencia al Personal del EA. La cuantía individual de las subvenciones se concederá, hasta agotar el crédito presupuestado, en proporción directa a la valoración final obtenida por cada entidad, en base a los criterios objetivos de valoración y su ponderación, que hacen referencia, en general, al número de asociados de la entidad adscritos a la acción social del EA y a las actividades de la entidad relacionadas con este personal que tenga la condición de retirado, cónyuges viudos y huérfanos, y que esté en situación de discapacidad, de gran necesidad o con bajos ingresos.
Organismo convocante
MINISTERIO DE DEFENSA — MAPER (DIRECCION DE ASISTENCIA AL PERS)
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 16 de abril de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 17 de mayo de 2026 |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; OTROS SERVICIOS |
| Última actualización BD | 2 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 98.200 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden DEF/125/2021, de 5 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de ayudas de acción social a entidades relacionadas con las Fuerzas Armadas.