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CONVOCATORIA SUBVENCIÓN DE AYUDAS A LA VIVIENDA PARA LA LUCHA CONTRA LA POBREZA ENERGÉTICA, EJERCICIO 2026

Denominación oficial: CONVOCATORIA SUBVENCIÓN DE AYUDAS A LA VIVIENDA PARA LA LUCHA CONTRA LA POBREZA ENERGÉTICA, EJERCICIO 2026.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 899639

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Murcia. Presupuesto: 59.856 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria). Primero: Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de la línea 1 de ayudas las personas físicas que se encuentren en la situación que legitima su concesión, por cumplir los requisitos de la convocatoria. Podrán ser beneficiarios de la línea 2 de ayudas las personas físicas que se encuentren en la situación que legitima su concesión y cuya unidad de convivencia perciba rentas conforme a los requisitos de la convocatoria. Segundo: Objeto. Convocatoria de ayudas a la vivienda para la lucha contra la pobreza energética. La presente convocatoria tiene objeto regular una ayuda al colectivos vulnerables para la lucha contra la pobreza y la exclusión social de la región de Murcia 2026-2028 y a su vez con las directrices Europeas. Tercero: Bases reguladoras. Las ayudas económicas previstas en estas bases adoptarán la forma de subvenciones, y se regirán, además de por lo regulado en la misma, por lo previsto en: • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su normativa de desarrollo y supletoriamente a lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. • Ordenanza General de Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Molina de Segura publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 297 del 26 de diciembre de 2025. • Bases generales reguladoras de la convocatoria de subvenciones y premios del Ayuntamiento de Molina de Segura para el año 2026. Cuarto: Cuantía. El importe de las ayudas se financiarán de la siguiente manera: Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 50/1522/4800003 “TRANSF. PROGRAMA POBREZA ENERGÉTICA”, dotada de un máximo de 59.856,00€ prevista en el presupuesto de gastos para el ejercicio 2026. En la presente convocatoria se subvencionan dos lineas de actuaciones, las cuales llevan una financiación separada. Línea 1-50/1522/4800003 39.856 EUR. Se subvencionan gastos de suministros de energía de la vivienda habitual hasta un máximo de 60 euros anuales por beneficiario y suministro. Línea 2-50/1522/4800003 20.000 EUR. Se subvencionan gastos referentes a: • Compra de electrodomésticos energéticamente eficientes (clase D o superior) hasta un máximo 2 electrodomésticos. Se subvencionará el 50% de su coste y un importe máximo de 300 euros por electrodoméstico. El electrodoméstico debe instalarse en la vivienda habitual. • Cambio de ventanas hasta el 80% del coste con importe máximo de 2.000 euros que cumplan con las exigencias básicas del código técnico de edificación CTE (AnexoI) previa obtención del título habilitante. Las ventanas deben instalarse en el domicilio habitual, acreditándose mediante padrón u otro medio legalmente válido. Quinto: Plazo y lugar de presentación de solicitudes. Las solicitudes junto con la documentación necesaria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Molina de Segura y se presentarán por medios electrónicos tal como establecen los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en ella. La presentación de la solicitud presume la aceptación incondicionada de la normativa reguladora de las ayudas y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma y especialmente en las bases del programa SUBVENCIÓN PARA LA AYUDA A LA VIVIENDA PARA LA LUCHA CONTRA LA POBREZA ENERGÉTICA. . El plazo de solicitud comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará el 30 de septiembre de 2026. Sexto: Otros datos. Las bases reguladoras de subvención, el texto completo de la convocatoria y modelos a presentar junto con la solicitud se encuentran a disposición de los interesados en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Molina de Segura (https:sedeelectronica.molinadesegura.es/subvenciones/).

Organismo convocante

MOLINA DE SEGURA — AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA

Ámbito

Murcia

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación17 de abril de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económico96.9 - Otros servicios personales
Última actualización BD16 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total59.856 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES GENERALES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES Y PREMIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA PARA EL AÑO 2026

Bases reguladoras ↗