Abierta · quedan 35 díasAutonómicaEnergía

Resol. de 17 de abril de 2026 por la que se convocan los Incentivos Programa 2 Espacios Productivos Linea 1 Ordend e 13 de marzo de 2025 Actuaciones 1.2.1 Áreas de competitividad industrial y empresarial y 1.2.2 Competitividad a través de la colaboración

Plazo de solicitud 16 de septiembre de 2026
Estado Abierta · quedan 35 días
Código BDNS 900105

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 7,7 M€. Se puede solicitar hasta el 16 de septiembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Es una subvención que se concede mediante concurrencia competitiva. Tienes que presentar la solicitud antes del 16/09/2026 y tu proyecto será comparado con los de los demás, por lo que cumplir los requisitos no asegura que lo concedan. El programa está dirigido a personas jurídicas que no desarrollen actividad económica, a pymes y a personas físicas que sí la tengan, en Andalucía. El importe total disponible es de 7,65 millones de euros y no hay que devolverlo.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS : De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA: Primero. Convocatoria. 1.La línea de incentivos para el desarrollo competitivo de las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía (Línea 1), se articula mediante subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva. 2. Se convocan los incentivos para el «Programa 2 «Espacios productivos» acogidos a la Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía. Segundo. Créditos máximos. Los incentivos serán financiados con cargo a los siguientes créditos presupuestarios del ejercicio 2026 a 2028, por las cuantías máximas que se especifican a continuación para la línea 1 de incentivos. Créditos presupuestarios 2100170000 G/73B/76001/00 00A411CB20J0 2026000716 2026: 2.030.000 2027: 1.714.000 2028: 416.000 TOTALES : 4.160.000 2100170000 G/73B/77003/00 00A411CB20J0 2024000369 2026: 2.030.000 2027: 1.714.000 2028: 416.000 TOTAL: 4.160.000 TOTAL: 8.320.000 Tercero. Objeto y ámbito material de la convocatoria. 1. La presente convocatoria abarca los tipos de actuaciones que a continuación se relacionan: a) Línea de incentivos para el desarrollo competitivo de las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía (Línea 1): Programa 2. Espacios productivos L1.2.1. Transición hacia áreas de competitividad industrial y empresarial. L1.2.2. Desarrollo de espacios para la competitividad a través de la colaboración. L1.2.3. Infraestructuras para el uso eficaz de los recursos y la protección ambiental. 2. Las actuaciones acogidas a la Línea 1 deberán solicitarse conforme a los formularios de solicitud, que serán aprobados mediante Resolución. Cada solicitud de incentivo incluirá un tipo de actuación de las establecidas en el apartado 1, de acuerdo con las condiciones establecidas en los Anexos I y II de la Orden de 13 de marzo de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, referidos a los tipos de actuación objeto de los incentivos y su encuadramiento financiero y jurídico, y al catálogo de actuaciones respectivamente, sin que pueda incluirse en una misma solicitud actuaciones encuadradas en distintos objetivos específicos o tecnologías asociadas así como a distintos regímenes de ayudas y ámbitos de intervención de los previstos en el Objetivo Político 2 del Programa de Andalucía FEDER 2021 – 2027. Cuarto. Personas y entidades beneficiarias. 1. Las personas o entidades que podrán solicitar los incentivos acogidos a la presente convocatoria serán los siguientes: Siempre y cuando tengan consideración pequeña o mediana empresa (pyme), de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Personas jurídicas privadas, personas físicas, con o sin ánimo de lucro, asociaciones y agrupaciones de las figuras anteriores con personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado. Entidades de gestión de espacios productivos y empresariales o comunidades de propietarios con personalidad jurídica establecidos a tal fin, incluidas las Entidades urbanísticas de conservación, que tengan alguna de las formas jurídicas legalmente válidas para el desarrollo de sus actividades en relación con los espacios productivos. A los efectos de determinar la condición de pyme, se tendrán en cuenta los efectivos y límites financieros, tanto de la persona o entidad solicitante como de las personas o entidades asociadas y/o vinculadas a la misma, en los términos del Artículo 2 y siguientes del Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Por otra parte, también se consideran entidades beneficiarias a: Entidades locales territoriales y entidades del sector público local dependientes o vinculadas a ellas cuando no ejerzan actividad económica. Esto es, siempre que no pongan bienes o servicios a disposición del mercado a cambio de cualquier contraprestación económica. Se excluye a aquellas entidades que no tengan la consideración pequeña o mediana empresa (pyme) de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Igualmente, no serán beneficiarias las entidades del sector público local dependientes o vinculadas a ellas, en el caso de que el 25% o más de su capital o de sus derechos de voto estén controlados directa o indirectamente por uno o más organismos públicos, conjunta o individualmente. Quinto. Solicitud. 1. Las personas y entidades interesadas deberán realizar la solicitud de concesión de los incentivos utilizando los formularios establecidos en el resuelve séptimo, dirigidos a la persona titular de la Secretaría General de Industria y Minas, cumplimentándose electrónicamente y presentándose en todo caso a través de la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/organismos/industriaenergiayminas/areas/industria/promocion-industrial/selector-incentivos.html Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación se iniciará a las 9:00 del día 16 de junio de 2026, una vez por aprobados los formularios mediante la publicación de la correspondiente resolución y permanecerá abierto durante tres meses, computado de fecha a fecha, no siendo admitidas aquellas solicitudes presentadas con fecha posterior a la fecha fin de presentación se solicitudes. Séptimo. Bases reguladoras. Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases…

Organismo convocante

ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Ámbito

ANDALUCIA

Categoría

Energía

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación20 de abril de 2026
Fecha inicio de solicitudes16 de junio de 2026
Fecha fin de solicitudes16 de septiembre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadIndustria y Energía
Sector económico82.1 - Actividades administrativas y auxiliares de oficina; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; 68.3 - Actividades inmobiliarias por cuenta de terceros; 68.1 - Actividades inmobiliarias por cuenta propia y promoción inmobiliaria; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; 84.1 - Administración pública y de la política económica, social y medioambiental; 68.2 - Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; 41.0 - Construcción de edificios; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; 42 - Ingeniería civil; 94.9 - Otras actividades asociativas; 82.9 - Otras actividades de apoyo a las empresas n.c.o.p.; 43.9 - Otras actividades de construcción especializada; 81 - Servicios a edificios y actividades de jardinería; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD9 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total7,7 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 13 de marzo de 2025, BBRR,concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios producti

Bases reguladoras ↗

Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)

  • ART. 56 AYUDAS A LA INVERSIÓN PARA INFRAESTRUCTURAS LOCALES

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación