CONVOCATORIA 2026: SUBVENCIONES PARA CONTRATAR DESEMPLEADOS/AS DE ARRASATE EN EMPRESAS DEL MUNICIPIO
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 50.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de octubre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: la puedes solicitar si cumples los requisitos y mientras haya fondos disponibles. Está destinada a pymes y a profesionales que desarrollen actividad económica en Arrasate y busca fomentar la contratación de personas desempleadas del municipio. La subvención cubre contratos de al menos medio tiempo y de seis meses o más en empresas de hasta 250 trabajadores, priorizando la contratación de mujeres para reducir la brecha de género. El importe total del programa es de 50 000 euros y la solicitud se cierra el 31 de octubre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
7. ÁREA DE EMPLEO 7.1. CONVOCATORIA 2026: SUBVENCIONES PARA CONTRATAR DESEMPLEADOS/AS DE ARRASATE EN EMPRESAS DEL MUNICIPIO Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación. Este programa pretende fomentar la contratación de desempleados/as del municipio en empresas de Arrasate; se subvencionarán los contratos de duración igual o mayor a 6 meses, como mínimo a ½ jornada, realizados por empresas de Arrasate de 250 trabajadores/as o menos. Por otro lado, con el objetivo de hacer frente a la brecha que afecta a las mujeres en cuanto al empleo en nuestra sociedad, el Ayuntamiento de Arrasate mediante este programa trata de fomentar la contratación de mujeres, y así avanzar hacia la igualdad. Artículo 2.- Características de las empresas beneficiarias. Podrán optar a estas ayudas tanto empresas como entidades sin ánimo de lucro (fundaciones, asociaciones, ONGs…), siempre que se hallen al corriente de sus obligaciones fiscales y laborales, y reúnan estas condiciones: a.- Disponer de centro de trabajo en Arrasate. b.- Disponer de 250 trabajadores/as o menos en plantilla c.- Que contraten desempleados/as de Arrasate Artículo 3.- Condiciones a cumplir por las personas a contratar: Para que la empresa o entidad opte a estas ayudas, las personas que contrate deberán reunír los siguientes requisitos: a.-Hallarse empadronadas en Arrasate, como mínimo desde 1 de enero de 2026. También se admitirán los casos de personas que se hubieran reempadronado en Arrasate con al menos un día de antelación a la formalización del contrato por el que se pide la subvención, siempre que hubieran estado anteriormente empadronadas en Arrasate durante 10 ó más años de forma continuada. b.-Estar desempleadas cuando se formalice el contrato referido en la solicitud de subvención. c.-Estar inscritas en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo como demandante de empleo al menos un día antes de la fecha de formalización del contrato. d.-No haber sido contratadas por la misma empresa en los últimos 6 meses previos al contrato por el que se solicita la subvención. Por otro lado, señalar que los contratos de duración indefinida por los que se pida subvención a través de este programa no se podrán hacer valer para solicitar subvención a través del programa de “Ayudas a empresas de Arrasate: nueva creación-traspaso de negocio-diversificación de actividad”, siendo necesario en dichos casos optar por una de las dos líneas de ayuda. Artículo 4.- Requisitos de los contratos subvencionables Serán subvencionables los contratos que reúnan estos requisitos: a.- Duración de 6 meses o superior. b.- Dedicación mínima de 1/2 jornada. c.- Fecha de inicio de los contratos: entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026 d.- Que supongan incremento neto de la plantila (respecto a los 6 meses anteriores) Artículo 5.- Disponibilidad económica del programa La convocatoria 2026 de este programa cuenta con una consignación de 50.000 € que se canalizará a través de la partida 1.0710.471.241.00.00 “Langabeak Kontratazioarako Laguntzak” del Presupuesto Municipal 2026. El programa se dará por concluido cuando su consignación presupuestaria se agote, a no ser que el Ayuntamiento expresamente decida aumentar dicho crédito. Artículo 6.- Cuantía de la subvención La cuantía de la subvención se actualiza anualmente en función del IPC anual, siempre que haya resultado un índice positivo; en caso de que dicho índice sea negativo, se mantiene la cuantía del año anterior. El IPC anual a fin de 2025 ha sido 2,9. Por tanto, la cuantía de la subvención de la convocatoria 2026 será de 2.783 € por cada contrato de 6 meses a jornada completa. En caso de jornadas parciales, la cantidad se ajustará según el porcentaje de jornada del contrato en cuestión. Por una misma persona sólo se podrá subvencionar un contrato. En un principio, cada empresa sólo podrá percibir subvenciones en cada convocatoria por un máximo de 3 contratos. Sin embargo, las empresas podrán solicitar subvención por más contratos, solicitudes que permanecerán en reserva hasta el final del programa, momento en el cual, si el crédito destinado al programa no se hubiera agotado, tras ser valoradas, podrían percibir subvención; en tal caso, el Ayuntamiento establecería la cuantía de la subvención, en función del crédito disponible y del número de solicitudes concurrentes. Así mismo, queda establecido que cada empresa podrá optar a lo largo de sucesivas ediciones de este programa a un máximo de 10 contratos subvencionados. En el caso de que la persona desempleada sea una mujer, se incrementará la cantidad de la subvención en un 20%. En el caso de que los contratos a subvencionar sean de tiempo indefinido, bien en su inicio, bien convertidos en indefinidos durante los seis meses a subvencionar, la subvención por puesto de trabajo se incrementará en un 20%. La cantidad incrementada se abonará a la empresa una vez transcurrido un año desde el inicio del contrato subvencionado. No obstante, el Ayuntamiento se reserva la facultad de reducir o anular esta cantidad en función de: Que la empresa perciba otras subvenciones por el mismo o similar concepto. Otras circunstancias no recogidas explícitamente en esta convocatoria que el Ayuntamiento tome en consideración, en aras a garantizar la coherencia del programa. Artículo 7.- Forma de solicitar las subvenciones. La empresa solicitante deberá presentar la siguiente documentación: Impreso de solicitud cumplimentado. Justificante de alta en el IAE de la empresa Certificados de estar al corriente de pagos a Hacienda y Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud de subvención. (*) Certificado de la Seguridad Social, referido a plantilla media de trabajadores en los 6 meses anteriores al inicio del contrato por el que se solicita subvención. Copia de los contratos por los que se solicita la subvención. Certificado de vida laboral completa de los titulares de los puestos a subvencionar. Documentación acreditativa de que los/as trabajadores/ en el momento previo a…
Organismo convocante
ARRASATE/MONDRAGÓN — AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 24 de abril de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Desempleo |
| Sector económico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; OTROS SERVICIOS; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 9 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 50.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza municipal para la concesión y gestión de subvenciones.