SUBVENCIONES PARA LAS ACTIVIDADES Y PROYECTOS REALIZADOS POR ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DEL ALUMNADO DE LOS CENTROS DOCENTES SIN ANIMO DE LUCRO QUE ACTUAN EN EL AMBITO DE LA ENSEÑANZA REGLADA.
Abierta
6.400 euros
No disponible
31 de diciembre de 2026
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Gipuzkoa. Presupuesto total: 6.400 euros. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. La tramitacion se realiza de forma electronica.
Descripción oficial de la convocatoria
8.2. SUBVENCIONES PARA LAS ACTIVIDADES Y PROYECTOS REALIZADOS POR ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DEL ALUMNADO DE LOS CENTROS DOCENTES SIN ANIMO DE LUCRO QUE ACTUAN EN EL AMBITO DE LA ENSEÑANZA REGLADA. 1. Objeto Es objeto de la presente convocatoria es la regulación de las condiciones para la concesión de subvenciones para las actividades y proyectos realizados por asociaciones de madres y padres del alumnado de los centros docentes en el ámbito de la enseñanza reglada en Arrasate. Serán objeto de subvención las actividades y programas del curso escolar 2025-2026. Asimismo, las actividades objeto de subvención deberán tener la siguiente naturaleza: 1) En general, actividades complementarias de la programación general escolar lectiva del centro escolar y programas de actividades extraescolares 2) Actividades educativas, culturales y deportivas, así como, previo análisis del Ayuntamiento, aquellos servicios educativos que, aun no siendo financiados por entidades públicas, se consideren socialmente relevantes. 3) Actividades o programas para fomentar la utilización del euskera en la comunidad escolar. 4) Actividades de difusión educativa, programas de desarrollo educativo comunitario y programas de educación en el tiempo libre, al igual que los relacionados con la igualdad, coeducación, convivencia y el desarrollo sostenible. 5) Proyectos para fomentar la calidad de la enseñanza y para mejorar la gestión escolar. 6) Actividades para educar a padres y madres o para las escuelas de padres y madres. No serán objeto de subvención las siguientes actividades o conceptos: 1) Propuestas que consistan en la realización de obras de infraestructura, inversiones, adquisición de inmuebles y la compra de mobiliario y equipamiento (mobiliario, electrodoméstico, fotográfico, informático). 2) Costes de comidas, cenas u otras propias de servicios de hostelería, realizadas por la asociación, pero si serán objeto de subvención el coste de productos alimenticios, bebidas y material necesario para llevar a cabo una actividad de la asociación tales como semanas culturales, celebraciones..., siempre que guarde la oportuna proporcionalidad entre el gasto realizado y el objetivo perseguido. 3) Programas que hayan sido objeto de subvención específica por parte del Departamento de Educación Municipal a los colegios de esas asociaciones. 4) Aquellas actividades o proyectos que en opinión del Ayuntamiento tengan mejor encaje en otros programas de ayudas. 2. Asociaciones beneficiarias Podrán solicitar las subvenciones que se regulan por las presentes bases específicas, las asociaciones de padres de alumnas y alumnos sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos: a) Ser una asociación de madres y padres de alumnado de un centro docente que imparta el segundo ciclo de la Educación Infantil y/o etapas de la Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria y/o Educación Secundaria Postobligatoria en Arrasate. 3. Documentación a presentar Al modelo oficial de solicitud de la subvención deberá acompañarse, además de la requerida en el artículo 15 de la Ordenanza General de Subvenciones de Arrasate, la siguiente documentación: - En las solicitudes para actividades concretas: se deberá indicar el número previsible de participantes, así como el lugar y las fechas de celebración previstas. - En las solicitudes para programas y actividades del curso escolar: se deberán relacionar los medios e infraestructuras con los que cuente la persona beneficiaria para el desarrollo de la actividad. 4. Unidad administrativa encargada de la tramitación Las solicitudes serán tramitadas por la unidad administrativa de Educación. 5. Criterios de valoración de las solicitudes Para el cálculo de las ayudas reguladas en las presentes bases se aplicarán los siguientes criterios, con los porcentajes que a continuación se recogen por cada apartado: a) El 20% del total de la ayuda a repartir a partes iguales entre todas las asociaciones; por tanto, cada asociación recibirá la misma cantidad. b) El 30% del total de la ayuda a repartir entre todas las asociaciones teniendo en cuenta el número de alumnos que tenga cada centro docente. c) El 50% restante de la ayuda a repartir, teniendo en cuenta las características de las actividades a desarrollar por cada asociación, estableciéndose para ello por el Ayuntamiento cuatro bloques diferenciados susceptibles de subvención. 1.- Actividades para educar los padres y madres o para las escuelas de padres y madres, con un máximo de subvención de 450 €. 2.-Organización de actividades complementarias de los programas generales de educación y extraescolares dirigidas al alumnado y las actividades objeto de subvención (educativas, culturales, deportivas, desarrollo sostenible, igualdad, hezkidetza, bizikidetza, difusión educativa, educación en el tiempo libre, desarrollo educativo comunitario y de fomentar la calidad de la enseñanza), con un máximo de subvención de 450 €. 3.- Actividades realizadas en euskera o actividades organizadas para potenciar el uso del euskera, con un máximo de subvención de 300 €. 4.- La influencia que las actividades organizadas tengan en el pueblo, barrio o comunidad circundante, con un máximo de subvención de 300 €. Además de estos, se dará preferencia y se valorarán positivamente las siguientes características: Además de la aportación del Ayuntamiento para la materialización de sus actividades, asociaciones que realizan esfuerzos para buscar otras vías de financiación. Realización de diversas actividades, proyectos o actos en colaboración con otras entidades o asociaciones, actividades que realizan una verdadera aportación enriquecedora y variada al municipio. Consideración del criterio de igualdad, impulsando y promoviendo la igualdad entre hombres y mujeres, especialmente, en la medida que se garantizan los derechos de las mujeres. Aquellas que garantizan la trayectoria y la transmisión entre las diferentes generaciones y aquellas que intentan asegurar la supervivencia…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 27 de abril de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 6.400 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector economico | Q - EDUCACIÓN |
Enlaces oficiales
Otras ayudas que pueden interesarte
Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Ordenanza municipal para la concesión y gestión de subvenciones |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-26T00:10:13.469579 |